Una nueva herramienta permite a personas y familias de Mendoza que están endeudadas intentar ordenar sus cuentas antes de llegar a una instancia judicial. Se trata de la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC), creada mediante la Resolución 384 de la Dirección de Defensa del Consumidor.
El objetivo es que quienes tienen dificultades para cumplir con sus compromisos puedan negociar un plan de pagos sostenible con sus acreedores y evitar que la situación avance hasta un quebranto total.
Para iniciar el trámite, hay que acudir a Defensa del Consumidor con la acreditación de los ingresos y el detalle de todas las deudas.
Durante el proceso se suspenden los intereses punitorios y los cargos por mora, cesan los reclamos compulsivos de cobro y se congela la calificación crediticia.
Cómo funciona la OCDC
La OCDC funciona como una instancia administrativa y previa a un juicio para intentar llegar a un acuerdo entre la persona endeudada y sus acreedores. Defensa del Consumidor facilita ese espacio, pero no puede imponer por su cuenta una quita ni establecer un plan de pagos.
Los acreedores pueden decidir no participar de la mediación y no reciben sanciones legales directas por hacerlo.
Además, la persona que inicia el trámite debe informar a todos sus acreedores. El objetivo es ordenar de manera conjunta la situación económica del hogar y no resolver solamente una deuda.
Quienes soliciten la mediación también deberán participar en programas de capacitación sobre consumo responsable y finanzas personales, coordinados junto con el Ministerio de Educación.
Quiénes pueden acceder y qué deudas se pueden negociar
La herramienta está destinada a personas con domicilio real en Mendoza cuyas cuotas mensuales superen el 30% de los ingresos netos familiares.
Ese límite baja al 25% para sectores considerados vulnerables. Allí se incluyen jubilados con haber mínimo, personas con discapacidad, desempleados o familias con menores a cargo.
Entre las deudas que pueden ingresar al procedimiento se encuentran las de tarjetas de crédito, préstamos personales, créditos de mutuales y cooperativas y obligaciones con plataformas financieras autorizadas.
Quedan excluidas las deudas con garantía hipotecaria, las obligaciones alimentarias, las multas penales y las deudas vinculadas con actividades comerciales. También quedan fuera los casos en los que el capital total adeudado supere los 100 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
La propuesta apunta así a que las familias que ya no pueden sostener el peso de sus deudas tengan una instancia para intentar reorganizar sus pagos y evitar que el problema avance hacia los tribunales.