Nueva etapa penal

La nueva Ley Penal Juvenil cambia desde hoy para los menores

Desde los 14 años los adolescentes pueden quedar alcanzados por un régimen penal específico, con sanciones alternativas y límites para la prisión
Imagen no disponible
Por El Editor Mendoza

Desde este sábado 5 de septiembre comenzó a regir en todo el país la nueva Ley Penal Juvenil, que modifica de manera significativa la forma en que la Justicia interviene cuando una persona de entre 14 y 18 años es acusada de cometer un delito.

El cambio más importante es que, a partir de los 14 años, los adolescentes pueden ser imputados, procesados y eventualmente condenados dentro de un régimen penal específico. Hasta ahora, los menores de 16 años no podían recibir una condena penal, aunque la Justicia podía disponer otras medidas restrictivas de su libertad.

Esto no significa que un adolescente de 14 o 15 años vaya automáticamente a prisión. La nueva normativa establece distintas respuestas según el delito cometido, su gravedad y las circunstancias de cada caso. La privación de la libertad es una de las alternativas previstas, pero no la única.

Para entender qué cambia en la práctica, la nueva ley establece un sistema que combina sanciones alternativas, medidas educativas y de acompañamiento y, para los hechos más graves, penas privativas de la libertad.

Qué puede pasar desde los 14 años

La principal modificación alcanza a los adolescentes de 14 y 15 años, que desde ahora quedan comprendidos por el régimen penal juvenil. Esto significa que, ante un delito, pueden atravesar un proceso judicial y recibir una sanción si corresponde.

Sin embargo, la ley establece que cuando el delito tenga prevista una pena de hasta tres años de prisión, esa pena debe ser reemplazada por alguna de las sanciones alternativas contempladas por el régimen. Entre ellas aparecen la amonestación, la prohibición de acercarse a la víctima, la prohibición de concurrir a determinados lugares, los trabajos comunitarios y el monitoreo electrónico.

También pueden establecerse medidas relacionadas con la educación, la capacitación laboral, la formación ciudadana, actividades deportivas o culturales y tratamientos médicos o psicológicos, según las necesidades de cada adolescente. El objetivo declarado por la ley es que la respuesta penal incluya herramientas orientadas a la responsabilización y la reinserción.

Por lo tanto, que un menor de 14 o 15 años pueda ser imputado no significa que cualquier delito termine con una condena de prisión. La ley establece diferentes respuestas y deja la privación de la libertad para los casos en los que corresponda de acuerdo con las condiciones previstas.

Además, está prohibido alojar a adolescentes junto con personas mayores de edad.

Qué cambia para los adolescentes de 16 y 17 años

Los jóvenes de 16 y 17 años también quedan comprendidos por el nuevo régimen, aunque para ellos la situación ya era diferente bajo la normativa anterior. 

Para este grupo también se contemplan sanciones que no implican prisión, como las amonestaciones, los trabajos comunitarios, la prohibición de contacto o acercamiento a la víctima y el monitoreo electrónico.

La respuesta puede incluir además obligaciones vinculadas con la educación, la capacitación, tratamientos y otras medidas destinadas a que el adolescente asuma responsabilidad por el hecho cometido. Estas medidas pueden aplicarse de manera conjunta o sucesiva, según lo que determine el tribunal.

La prisión efectiva queda reservada para determinadas situaciones. La nueva legislación fija un máximo de 15 años de prisión para los adolescentes y prohíbe expresamente la prisión perpetua.

Otro cambio relevante es que la ley incorpora de manera expresa la participación de la víctima en distintas instancias del proceso. Su opinión debe ser escuchada en determinados procedimientos vinculados con sanciones alternativas, mediación y otras decisiones previstas por el régimen.

En términos prácticos, esto significa que la nueva Ley Penal Juvenil no establece una única respuesta frente a un delito cometido por un menor. La Justicia deberá definir, de acuerdo con cada caso, si corresponde una medida educativa, una sanción alternativa o una pena privativa de la libertad.

Por qué empezó a regir este sábado

La nueva Ley Penal Juvenil fue sancionada por el Congreso el 27 de febrero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La propia norma estableció que comenzaría a regir 180 días después de su publicación.

Ese plazo se cumplió este 5 de septiembre, por lo que el nuevo régimen comenzó a aplicarse desde hoy. La norma también derogó la Ley 22.278, que establecía el régimen penal de la minoridad y regía desde 1980.

Así, desde este sábado los adolescentes de 14, 15, 16 y 17 años quedan alcanzados por un mismo régimen penal juvenil, aunque las consecuencias concretas dependerán de la edad, el delito imputado, la gravedad del hecho y las condiciones establecidas por la propia ley.

El cambio central, entonces, no es que todos los menores puedan ser encarcelados, sino que desde los 14 años existe responsabilidad penal dentro de un régimen específico, con sanciones alternativas, medidas de acompañamiento y límites expresos para el uso de la prisión.

Reacción política

La entrada en vigencia del nuevo régimen penal juvenil generó críticas y respaldos desde distintos sectores políticos. Patricia Bullrich, senadora nacional, celebró la implementación de la normativa y sostuvo que desde ahora los adolescentes que cometan delitos deberán responder por sus acciones. En sus redes sociales afirmó que “se terminó la excusa de la edad para delinquir” y planteó que la nueva ley representa un cambio frente a lo que calificó como años de impunidad.

Desde otro sector, la diputada nacional Myriam Bregman, cuestionó la puesta en marcha del régimen y apuntó contra quienes, según consideró, facilitaron al Gobierno de Javier Milei y a Bullrich herramientas para “criminalizar a la juventud y la pobreza”. La dirigente sostuvo que la nueva normativa no representa una solución y la vinculó con una política de persecución hacia los jóvenes y las familias trabajadoras.

Las posturas exponen así las diferencias políticas alrededor de la reforma: mientras Bullrich la presenta como una herramienta para reforzar la responsabilidad penal y priorizar a las víctimas, Bregman la cuestiona como parte de una política de criminalización de los adolescentes y sectores vulnerables.

Etiquetas:
Ver versión completa →