El pasado 30 de setiembre, Alfredo Cornejo tuvo una extensa agenda de obra pública. El 1 de octubre comenzaba la prohibición de actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio. La Variante Palmira quedó habilitada hoy, sin corte de cintas, por parte del Gobierno.
El Gobernador llegó junto a Lisandro Catalán, el ministro del Interior, además del ministro de Gobierno local Natalio Mema. Completaron la nómina de funcionarios Marité Badui, Subsecretaria de Infraestructura y Emilce Lozano, la titular de Vialidad Nacional en Mendoza. La obra estaba en agenda para esos días previos al 1 de octubre, según publicó El Sol.
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Lisandro Catalán, ministro del Interior; el gobernador Alfredo Cornejo y el ministro de Gobierno, Natalio Mema.
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Según la información oficial, “con esta habilitación logramos sacar de los accesos metropolitanos a los casi 1.500 camiones diarios que cruzan hacia Chile. Esto significa menos congestión, menos accidentes y más seguridad vial. Además, el ahorro de 25 kilómetros y de tiempo de viaje es sustancial, tanto para el transporte de cargas como para los automovilistas”, explicó el ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, Natalio Mema.
Sin candidatos
Desde el Poder Ejecutivo comunicaron que la actividad a las 12.30 de hoy: "El Gobernador Alfredo Cornejo y el ministro del Interior de la Nación, Lisandro Catalán, recorrerán la obra habilitada de la Variante Palmira". No se vieron carteles del Gobierno, ni hubo cintas ni candidatos. No se utilizó la palabra inauguración, sí habilitación.
"Se habilitó el tránsito en la Variante Palmira, una obra estratégica para Mendoza. Su puesta en funcionamiento pudo adelantarse debido a la emergencia en el Acceso Sur, provocada por la caída del colector cloacal de la Municipalidad de Luján. La construcción de estos 36,5 km había sido comprometida por el Gobierno Nacional, y se cumplió. La obra descomprime el tránsito del área metropolitana, previene accidentes y refuerza la seguridad vial", expresó Mema en redes sociales y en una síntesis de lo que comentó a la prensa este mediodía.
¿Qué dice el Código Nacional Electoral?
El artículo 64 quater, que se refiere a la publicidad de los actos de gobierno dice textualmente: "Durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten".
"Queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten".
El incumplimiento de este artículo, será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 133 bis previsto en el presente Código, que dice lo siguiente:
Artículo 133 bis.- Publicidad de actos de gobierno. Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos".