La Cámara de Diputados de Mendoza convirtió en ley este miércoles la adaptación provincial del nuevo Régimen Penal Juvenil, que permite aplicar un proceso penal a adolescentes desde los 14 años. La votación terminó con 32 votos a favor, 10 en contra y una abstención, correspondiente al diputado de Fuerza Patria, Lucas Ilardo.
La iniciativa ya había sido aprobada por el Senado mendocino el 15 de septiembre, con 25 votos afirmativos y 10 abstenciones. Con la sanción de Diputados, Mendoza completó la adecuación de su legislación al régimen establecido por la Ley Nacional 27.801, que entró en vigencia en todo el país el 5 de septiembre.
La norma provincial modifica más de 100 artículos del Régimen Especial Penal Juvenil y del Código Procesal Penal para establecer cómo funcionará en Mendoza el sistema que fija la responsabilidad penal desde los 14 años.
Qué cuestionó la oposición
Los 10 diputados que votaron en contra pertenecen al Partido Justicialista, el Frente Renovador y La Unión Mendocina. Sus planteos estuvieron centrados en la falta de recursos para aplicar la reforma, el carácter punitivo que atribuyeron al nuevo esquema y sus dudas sobre el efecto que tendrá la baja de la edad de imputabilidad sobre la inseguridad.
Desde esos bloques sostuvieron que la reforma supone principalmente un endurecimiento de las respuestas frente a los adolescentes que cometen delitos. También cuestionaron que el Gobierno provincial siga el mismo enfoque que, según su interpretación, tiene la reforma nacional.
Otro de los argumentos fue que el problema de los adolescentes que entran en conflicto con la ley no puede resolverse solamente a través del sistema penal. En ese sentido, reclamaron que el Estado provincial fortalezca las políticas destinadas a la protección y el acompañamiento de niños y adolescentes.
Las críticas también apuntaron a los recursos necesarios para que las nuevas reglas puedan aplicarse. La discusión no quedó limitada al contenido de la ley, sino que incluyó la capacidad del Estado para sostener las nuevas estructuras y medidas previstas.
Qué cambia con la ley de Mendoza
La reforma provincial establece nuevas reglas para el funcionamiento del sistema penal juvenil mendocino y reorganiza parte de las estructuras que intervienen en los casos.
Uno de los puntos centrales es que la privación de la libertad queda como último recurso y debe aplicarse según la gravedad del delito y las circunstancias de cada caso.
También se crean dos áreas específicas. La Unidad de Medidas Alternativas (UMA) tendrá a su cargo el acompañamiento de los adolescentes que permanezcan en libertad, con acciones vinculadas con la educación, la inclusión social y la capacitación laboral.
A su vez, la Unidad de Privación de Libertad estará destinada al manejo de los adolescentes que deban permanecer en centros especializados y tendrá un enfoque socioeducativo.
La escolarización tendrá carácter obligatorio y prioritario. La reforma establece además que no podrá suspenderse como una sanción disciplinaria.
Otro cambio es la incorporación de los Supervisores Especializados, que deberán seguir la situación de cada adolescente y coordinar acciones con las distintas redes que intervengan en su acompañamiento. La ley nacional también contempla esta figura y deja en manos de las provincias la regulación de su funcionamiento.
Tres horas para decidir qué pasa tras una detención
La norma mendocina fija plazos concretos para las primeras horas posteriores a una aprehensión.
El fiscal tendrá un máximo de tres horas para determinar si el adolescente puede regresar con su familia o referente responsable o si debe ser trasladado a la UPANA, la Unidad de Procedimientos y Abordaje de la Niñez y Adolescencia.
La reforma también establece que la investigación de un caso tendrá un plazo máximo de 12 meses, mientras que la prisión preventiva podrá extenderse hasta 18 meses.
De esta manera, Mendoza incorpora tiempos específicos para el desarrollo de los procesos que involucran a adolescentes y busca evitar que las investigaciones se prolonguen indefinidamente.
Qué dice la Nación y qué regula Mendoza
La diferencia entre las dos normas está principalmente en el alcance de cada una.
La Ley Nacional 27.801 establece las reglas generales del nuevo régimen penal juvenil y fija que se aplica a adolescentes desde los 14 hasta antes de cumplir 18 años cuando son acusados de un delito. También determina las penas y las reglas generales del sistema.
La misma ley nacional establece que las provincias deben adecuar sus normas procesales y administrativas a ese nuevo régimen.
Por eso, el texto aprobado en Mendoza se concentra en cómo funcionará el sistema dentro de la provincia: cómo se investigará un delito, qué organismos intervendrán, dónde será alojado un adolescente y qué plazos tendrán fiscales y jueces.
No se trata, por lo tanto, de dos leyes que establezcan edades distintas. La edad de 14 años y las reglas generales sobre responsabilidad penal surgen de la norma nacional. La ley mendocina adapta el funcionamiento del sistema provincial a esas reglas.
Una diferencia sobre el rol de los jueces
Otro de los puntos que distingue a ambos textos está relacionado con las tareas de los jueces.
La ley nacional permite que durante un proceso el juez disponga medidas destinadas a proteger la integridad física, mental y social del adolescente. También establece la intervención de organismos de protección y equipos de salud en determinadas situaciones.
La norma mendocina busca delimitar esas funciones dentro de la provincia y separar las tareas propias de los jueces penales de las que corresponden a los organismos especializados en salud mental y protección de derechos.