El Senado de Mendoza dio sanción definitiva a una ley que modifica el régimen de regularización de viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV). La iniciativa incorpora herramientas para revisar deudas que quedaron desfasadas respecto del valor de los inmuebles y establece un mecanismo permanente para resolver situaciones en las que las familias habitan una vivienda social, pero todavía no pueden escriturarla a su nombre. <Cite refs={["turn399642view0"]}/>
La propuesta fue aprobada por unanimidad, aunque el bloque de La Libertad Avanza se abstuvo de votar el artículo 10. El proyecto fue impulsado por la diputada radical Melisa Martínez Malanca, con la coautoría de Franco Ambrosini, también de la Unión Cívica Radical.
La normativa apunta a resolver dos problemas diferentes. Por un lado, contempla la posibilidad de readecuar saldos de créditos habitacionales cuyos mecanismos de actualización generaron diferencias entre la deuda pendiente y el valor de mercado de la vivienda. Por otro, busca facilitar la regularización de la titularidad de inmuebles que continúan registrados a nombre de antiguos adjudicatarios u otras personas.
Cómo podrán cambiar los saldos de las deudas
Uno de los principales cambios habilita al directorio del IPV a determinar el saldo para la cancelación total de una vivienda o para adelantar capital, tomando como referencia el valor del crédito y el costo de reposición del inmueble. El mecanismo establece que se aplicará el menor de ambos valores.
La herramienta busca atender casos en los que los sistemas de actualización, como la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA) y los índices vinculados con la evolución salarial, provocaron distorsiones en los montos adeudados. En determinadas situaciones, esos saldos llegaron a superar el valor de mercado de las propiedades, lo que dificulta que las familias puedan terminar de pagar sus créditos.
La ley también contempla la posibilidad de aplicar quitas para quienes adelanten cuotas, incluso cuando el pago no implique cancelar la totalidad de la deuda. Las condiciones concretas y los requisitos para acceder a estos mecanismos deberán ser establecidos por el IPV mediante una reglamentación.
Qué cambia para escriturar las viviendas
El segundo eje de la norma establece un régimen permanente para regularizar la titularidad de determinadas viviendas sociales. El objetivo es resolver situaciones en las que una familia adquirió una propiedad mediante un boleto de compraventa, una cesión de derechos o una permuta, pero no puede obtener la escritura porque el inmueble continúa registrado a nombre del adjudicatario original.
Para acceder al procedimiento, los interesados deberán acreditar una posesión pública, pacífica y continua de al menos un año, además de tener el crédito regularizado o contar con un plan de pago vigente.
La legislación también contempla situaciones de ocupación de hecho. En esos casos, el IPV podrá revocar o dejar sin efecto una adjudicación anterior, con el debido proceso legal, cuando otra persona acredite una posesión pública, pacífica y continua durante al menos tres años y reúna las condiciones exigidas para acceder a la vivienda. El plazo es menor al de cinco años que contemplaba el régimen anterior.
Entre los requisitos generales figuran no tener derechos de propiedad individual sobre otros inmuebles, acreditar una radicación legal mínima de cinco años en Mendoza y cumplir con las condiciones adicionales que establezca el organismo. Quedan excluidos, entre otros casos, los inmuebles involucrados en denuncias de usurpación o en procesos judiciales destinados a recuperar la posesión.