Jueves 4 de Junio de 202606:57HS
El Editor Mendoza
Avance sobre derechos básicos.

Por decreto, Javier Milei restringió el derecho a huelga que garantiza la Constitución

El decreto de Milei modifica el capítulo de Convenios Colectivos de Trabajo del régimen laboral. Advierten que es inconstitucional.
Por decreto, Javier Milei restringió el derecho a huelga que garantiza la Constitución

Un funcionario del Gobierno renunció a su cargo.

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Por decreto, Javier Milei restringió el derecho a huelga que garantiza la Constitución

El decreto de Milei modifica el capítulo de Convenios Colectivos de Trabajo del régimen laboral. Advierten que es inconstitucional.
Por decreto, Javier Milei restringió el derecho a huelga que garantiza la Constitución

Un funcionario del Gobierno renunció a su cargo.

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Por decreto, Javier Milei restringió el derecho a huelga que garantiza la Constitución

El decreto de Milei modifica el capítulo de Convenios Colectivos de Trabajo del régimen laboral. Advierten que es inconstitucional.
Por decreto, Javier Milei restringió el derecho a huelga que garantiza la Constitución

Un funcionario del Gobierno renunció a su cargo.

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Por decreto, Javier Milei restringió el derecho a huelga que garantiza la Constitución
Un funcionario del Gobierno renunció a su cargo.

eeJavier Milei limitó por decreto el derecho a huelga. En el DNU publicado este miércoles se amplían las actividades que se consideran esenciales y tienen que garantizar en todo momento un funcionamiento entre el 50% y 75%.

Entran en la medida la educación, el cuidado de menores, el transporte, la salud, los servicios bancarios, los aduaneros y migratorios y la producción de gas, entre otros.

Dentro del decreto referido, se incluye un artículo 3 que modifica el capítulo de Convenios Colectivos de Trabajo del régimen laboral de la ley 25877 (modificatoria de la clásica ley de contrato de trabajo 25250). De esta manera el Gobierno avanza contra derechos básicos.

Qué dice el decreto

“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, dice el artículo 3 del decreto de Milei, que precisa: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.

Los sectores afectados por la medida de Javier Milei

Según el nuevo decreto, se considerarán a partir de ahora servicios esenciales:

  • El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.
  • La aeronáutica comercial y el control de tráfico portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios.
  • Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior.
  • El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.
  • La producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles.

    Se suman a los que ya estaban incluidos, que hoy fueron enumerados, con un mayor alcance, por el nuevo decreto:

    • Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos.
    • Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.
    • El control de tráfico aéreo.
    • La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable y energía eléctrica.

El Poder Judicial ya había declarado inconstitucional los artículos que restringían el derecho a huelga en el mega DNU 70/23.

El decreto también desregula el transporte marítimo y habilita a buques extranjeros a operar con controles más flexibles.

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