Con 23 votos a favor, la Cámara de Diputados de Mendoza otorgó media sanción al decreto que eleva la antigüedad permitida de los vehículos que prestan diversos servicios de transporte de pasajeros. La norma flexibiliza los requisitos para taxis, remises, escolares y plataformas digitales, y genera posturas encontradas.
Aumentan los años permitidos para vehículos del transporte de pasajeros
El proyecto aprobado ratifica el Decreto N° 2731/24, emitido en diciembre del año pasado por el Poder Ejecutivo, que busca actualizar los límites de antigüedad permitidos para los vehículos afectados a distintos servicios de transporte: Contratado General, Escolar, Turístico, por Comitente Determinado, para Personas con Discapacidad, Institucional y Plataformas Electrónicas.
La norma eleva de 10 a 13 años la antigüedad máxima para los vehículos de la mayoría de los servicios mencionados, y de 5 a 7 años en el caso de aquellos que operan bajo plataformas electrónicas. En el caso de nuevas incorporaciones o renovaciones, el tope se mantiene: los vehículos no deben superar los 10 años, o 5 años para plataformas.
Además, el decreto establece que los vehículos que superen los 10 años de antigüedad deberán realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) cada 60 días, en talleres habilitados, para garantizar condiciones mínimas de mantenimiento y seguridad.
Críticas por falta de participación en el debate legislativo
Durante la sesión, la diputada Silvina Gómez (UCR) ofició como miembro informante del expediente y defendió la ratificación del decreto al sostener que “responde a la necesidad de ordenar el sistema de habilitaciones y brindar previsibilidad”, y remarcó que la propuesta “demuestra el compromiso del gobierno con el transporte y sus usuarios”.
En tanto, desde la oposición, legisladores como Rolando Scanio y Emanuel Fugazzotto (Partido Verde) expresaron reparos. Scanio solicitó postergar el tratamiento para incluir a la comisión de Obras Públicas en el análisis, mientras que Fugazzotto propuso devolver el expediente a comisión “para que se trate junto a todos los sectores involucrados”, y criticó que el proyecto “no es lo suficientemente abarcativo ni responde a las verdaderas demandas del sector”.
Cabe destacar que la ley vigente (Ley 9086) establece un límite de 10 años de antigüedad para todos los vehículos de transporte de pasajeros. Sin embargo, en la fundamentación del decreto, se señala que hay vehículos que, pese a haber superado ese límite, “se encuentran en buen estado de conservación y funcionamiento”, por lo que, bajo un régimen de controles técnicos estrictos, podrían seguir circulando.
Qué pasa con taxis, remises y vehículos eléctricos
En el caso de los taxis y remises eléctricos, el decreto fija nuevos topes: hasta 10 años de antigüedad para los taxis y hasta 8 años para los remises. Además, la norma prohíbe las transferencias de permisos, autorizaciones y habilitaciones en los casos donde el registro esté abierto, en un intento por ordenar el sistema de habilitaciones.
Desde el oficialismo señalaron que la medida busca actualizar la normativa frente a la realidad del parque automotor actual y atender reclamos de los permisionarios. En tanto, sectores de la oposición reclaman mayor debate técnico, social y ambiental antes de avanzar con reformas que afectan directamente la calidad del transporte y la seguridad de los usuarios.