Miércoles 4 de Noviembre de 202616:41HS
El Editor Mendoza
Regularización habitacional

Mendoza permitirá regularizar casas del IPV ocupadas por terceros: quiénes pueden acceder

La nueva Ley 9738 establece un mecanismo para que quienes compraron o habitan viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda sin ser los titulares originales puedan obtener la escritura
Mendoza permitirá regularizar casas del IPV ocupadas por terceros: quiénes pueden acceder

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Mendoza permitirá regularizar casas del IPV ocupadas por terceros: quiénes pueden acceder

La nueva Ley 9738 establece un mecanismo para que quienes compraron o habitan viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda sin ser los titulares originales puedan obtener la escritura
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Mendoza permitirá regularizar casas del IPV ocupadas por terceros: quiénes pueden acceder

La nueva Ley 9738 establece un mecanismo para que quienes compraron o habitan viviendas del Instituto Provincial de la Vivienda sin ser los titulares originales puedan obtener la escritura
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Mendoza permitirá regularizar casas del IPV ocupadas por terceros: quiénes pueden acceder
Mendoza permitirá regularizar casas del IPV ocupadas por terceros: quiénes pueden acceder

Miles de familias mendocinas podrían encontrar una salida legal a una situación que, en muchos casos, lleva años sin resolverse: vivir en una casa construida o financiada por el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) sin tener la titularidad formal del inmueble.

El Gobierno de Mendoza oficializó un nuevo régimen de regularización habitacional mediante la Ley 9738, que establece un procedimiento para que determinados ocupantes puedan solicitar que las propiedades queden registradas a su nombre. La normativa contempla tanto a quienes compraron una vivienda a un antiguo adjudicatario como a quienes la habitan desde hace años sin contar con documentación que respalde esa ocupación.

La medida no significa que cualquier persona que viva en una casa del IPV pueda convertirse automáticamente en propietaria. Para acceder será necesario cumplir una serie de condiciones generales y acreditar la situación particular de cada inmueble ante el organismo provincial.

La iniciativa busca resolver irregularidades en la titularidad de viviendas que todavía figuran registradas a nombre del IPV y establecer un mecanismo para avanzar con su escrituración.

Quiénes podrán regularizar una vivienda del IPV

La nueva legislación contempla dos situaciones principales. Por un lado, las personas que adquirieron una propiedad mediante una operación particular, pero nunca realizaron el cambio de titularidad ante el organismo. Por otro, quienes ocupan una vivienda sin contar con un contrato, escritura u otro documento que justifique legalmente su permanencia.

En el primer grupo se encuentran quienes compraron una casa mediante un boleto de compraventa, una cesión de derechos y acciones, una permuta u otra modalidad de transferencia realizada por el adjudicatario original o sus sucesores.

En esos casos, los actuales ocupantes podrán solicitar que el inmueble quede a su nombre, siempre que puedan demostrar que ejercen la posesión de manera pública, pacífica y continua durante al menos un año.

También deberán tener regularizado el crédito habitacional. Esto significa que las cuotas deberán estar al día o que exista un plan de pago acordado para cancelar las obligaciones pendientes.

El IPV tendrá a su cargo la verificación de la documentación y de las condiciones de ocupación antes de autorizar cualquier modificación en la titularidad.

Qué pasa con las casas ocupadas sin documentación

Uno de los puntos más importantes de la Ley 9738 está relacionado con las viviendas que actualmente son habitadas por personas que no cuentan con un título que respalde su ocupación.

En estos casos, la normativa establece que el IPV podrá revisar una adjudicación anterior y avanzar con una nueva adjudicación a favor de quien reside actualmente en el inmueble, siempre que pueda demostrar una ocupación pública, pacífica y continua durante un período mínimo de tres años.

Sin embargo, el procedimiento no será automático. El interesado deberá iniciar el trámite administrativo correspondiente y acreditar que cumple con las condiciones exigidas para convertirse en adjudicatario.

Además, la legislación establece situaciones en las que no podrá aplicarse este mecanismo. Quedarán excluidas las viviendas sobre las que existan denuncias de usurpación anteriores a la sanción de la ley que se encuentren en trámite o tengan una condena judicial.

Tampoco podrán regularizarse mediante esta vía los inmuebles cuyos adjudicatarios originales o sucesores hayan iniciado demandas de desalojo u otros procesos judiciales destinados a recuperar la posesión.

La restricción también alcanza a las ocupaciones que hayan sido autorizadas expresamente por el IPV. En el caso de las viviendas con créditos cancelados, la regularización estará limitada, salvo que el ocupante pueda demostrar que fue quien abonó esa deuda.

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Cuáles son los requisitos para acceder a la titularidad

Más allá de la situación particular de cada vivienda, la ley establece una serie de condiciones generales que deberán cumplir las personas interesadas en iniciar el procedimiento.

Entre los principales requisitos se encuentran:

  • No tener derechos de propiedad individual sobre otros inmuebles. Si existe una propiedad compartida, deberá demostrarse que esa participación no permite resolver las necesidades habitacionales.
  • No haber transferido propiedades durante el año anterior a la presentación de la solicitud.
  • No haber sido adjudicatario o beneficiario directo de otra vivienda construida por el IPV ni de créditos habitacionales públicos en los términos establecidos por la ley.
  • Acreditar una residencia legal mínima de cinco años en Mendoza.
  • Contar con Documento Nacional de Identidad emitido en Argentina.
  • Demostrar capacidad de pago para afrontar las obligaciones económicas correspondientes.

El organismo también podrá establecer otros requisitos vinculados con las condiciones generales de adjudicación de viviendas sociales.

De esta manera, la posibilidad de regularizar una propiedad no dependerá exclusivamente de los años que una persona lleve viviendo en ella, sino también de su situación patrimonial, habitacional y económica.

Cuánto costará el trámite y qué pasará con las deudas

Otro aspecto central de la normativa tiene que ver con los costos de regularización. Los interesados deberán abonar una tasa administrativa cuyo importe será determinado por el Directorio del IPV, aunque tendrá un límite máximo equivalente al 4% de un Salario Mínimo, Vital y Móvil.

En los casos de viviendas adquiridas mediante operaciones particulares, los actuales ocupantes deberán continuar cumpliendo con las cuotas pendientes del crédito original, de acuerdo con las condiciones que establezca el organismo.

En cambio, para quienes accedan mediante el mecanismo de regularización por ocupación sin título, el IPV deberá determinar el valor de la propiedad y establecer un nuevo financiamiento.

Para calcular el monto, podrán reconocerse los pagos anteriores que el solicitante consiga acreditar. Si queda un saldo pendiente, se constituirá una hipoteca a favor del Instituto como garantía de la deuda.

La escrituración se realizará bajo las condiciones previstas en la Ley 9632, vinculada con el programa provincial Mi Escritura.

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