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Empleados de comercios de Mendoza: así se pagarán los días trabajados durante carnaval

El CEC advirtió que no es obligatorio trabajar durante los feriados. En caso de elegirlo, explican cómo se debe pagar en Mendoza

El Editor Mendoza | ElEditor Mendoza
Por ElEditor Mendoza
28 de febrero de 2025 - 17:49

El secretario general del sindicato, Fernando Ligorria, explicó que estos días festivos están contemplados en la legislación nacional, lo que significa que los trabajadores mercantiles tienen la potestad de decidir si asisten o no a prestar sus servicios. "Es importante recordar que, al tratarse de feriados nacionales, el trabajador tiene el derecho de optar por no concurrir sin que esto implique una sanción por parte del empleador", detalló Ligorria.

En cuanto a la remuneración, el dirigente sindical del CEC especificó que aquellos empleados que decidan trabajar durante los feriados de Carnaval deberán recibir el pago correspondiente a una jornada habitual, más un monto adicional equivalente al 100% del salario diario, conforme a lo estipulado por la Ley de Contrato de Trabajo. En otras palabras, quienes asistan a sus puestos cobrarán el doble de una jornada ordinaria. En cambio, aquellos que opten por no trabajar recibirán su salario habitual sin descuentos.

Derechos laborales en los comercios

Desde el CEC destacaron la importancia de que los empleados conozcan sus derechos y recordaron que cualquier irregularidad en la aplicación de la normativa puede ser denunciada ante el sindicato o los organismos de control correspondientes.

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