Cambios al Código Procesal Penal.

En qué consiste el proyecto del gobierno para agilizar los procesos judiciales en delitos de flagrancia

- El proyecto, presentado en la Cámara de Diputados, busca agilizar la respuesta del sistema penal frente a delitos menores que cuenten con evidencia inmediata.

El Editor Mendoza | ElEditor Mendoza
Por ElEditor Mendoza
20 de noviembre de 2025 - 13:45

Un proyecto de Ley para actualizar el procedimiento de flagrancia, la instancia que se aplica cuando una persona es detenida mientras comete un delito o, inmediatamente después, durante su persecución, en el Código Procesal Penal de Mendoza, fue presentado esta semana por el Poder Ejecutivo provincial.

Según explicaron desde el Ministerio de Seguridad y Justicia, se trata de una iniciativa que "integra el paquete de reformas en el ámbito judicial que encabeza esa cartera y busca fortalecer la respuesta penal y agilizar la aplicación de penas y abordajes específicos en casos donde el imputado es sorprendido in fraganti, especialmente en delitos como robos, hurtos y encubrimientos, entre otros".

La iniciativa, presentada ante la Cámara de Diputados, busca agilizar la respuesta del sistema penal frente a delitos menores que suelen contar con evidencia inmediata, detallaron desde el gobierno.

Según el Ejecutivo , la propuesta forma parte del paquete de reformas judiciales que el Gobierno impulsa y pone el foco en un cambio estructural: la creación de áreas especializadas dentro del Ministerio Público Fiscal para el tratamiento de casos de flagrancia.

Indicaron que contar con equipos dedicados exclusivamente a este tipo de delitos permitirá mejorar la calidad del trabajo fiscal, unificar criterios y sostener la celeridad que exige este tipo de procedimientos,

Algunas modificaciones a la ley vigente

El proyecto destaca que "el procedimiento de flagrancia requiere ajustes específicos, con plazos más realistas, sin sacrificar celeridad,- claridad en la oportunidad para debatir prisión preventiva,- mecanismos para evitar que casos complejos se tramiten indebidamente por flagrancia y coordinación efectiva de los organismos de gestión y especialización del Ministerio Público Fiscal".

El proyecto también ordena que la Suprema Corte y los organismos de gestión adecuen sus protocolos y turnos para asegurar que los plazos previstos en la ley se cumplan efectivamente en toda la provincia.

Además de la especialización, la reforma reorganiza los plazos y etapas del proceso de flagrancia para que las audiencias avancen en tiempos razonables y no se dilaten causas de menor complejidad. Se fija un plazo para que el Ministerio Público Fiscal solicite la audiencia inicial tras la aprehensión o imputación, con posibilidad de extenderlo cuando sea necesario producir pruebas básicas.

El procedimiento directísimo también queda ordenado en etapas claras, con una audiencia de finalización que debe realizarse en un plazo acotado y con sentencia dictada en el mismo acto, salvo excepciones. Las causas que correspondan a juicio por jurado continúan excluidas de este trámite, explicaron.

Desde el gobierno indicaron que se persigue que "en un mismo acto se debatan las medidas de coerción y la eventual resolución anticipada del proceso evitando fragmentaciones innecesarias, audiencias superpuestas , optimizando recursos humanos y materiales de fiscales, defensores, jueces y organismos auxiliares".

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