Natalio Quiroga fue condenado a tres años de prisión por su responsabilidad en el incendio ocurrido el 22 de diciembre de 2025 en una vivienda de Godoy Cruz, donde se almacenaba pirotecnia y que provocó la muerte de una mujer. La pena será cumplida bajo la modalidad de prisión domiciliaria.
Prisión efectiva, pero bajo modalidad domiciliaria
Federico Natalio Quiroga, reconoció su responsabilidad penal y aceptó un acuerdo de juicio abreviado, que contó con la conformidad de la querella, la defensa y la asesora de menores interviniente. Este mecanismo permitió resolver la causa sin necesidad de avanzar a un juicio oral.
La pena fijada es de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, a cumplir bajo la modalidad de prisión domiciliaria. La decisión se fundamentó en la condición de salud del condenado: en 2020 fue víctima de un robo violento en el que recibió un disparo que le provocó una discapacidad motriz permanente, por lo que se moviliza en silla de ruedas, a lo que se suman afecciones cardíacas que requieren controles médicos constantes.
Además, se trata de su primera condena, un aspecto que también fue considerado al momento de homologar el acuerdo entre las partes.
Pirotecnia ilegal, un incendio y una víctima fatal
El incendio se originó en una vivienda ubicada en calle Jorge Newbery al 645, donde funcionaría un depósito ilegal de pirotecnia. Las llamas se propagaron rápidamente y provocaron graves heridas a una mujer, que fue trasladada al Hospital Lagomaggiore, donde falleció horas más tarde. En el marco de los peritajes realizados tras el siniestro, los investigadores también constataron la presencia de un arma de fuego en el domicilio, lo que derivó en una imputación adicional.
En ese contexto, el fiscal Juan Manuel Sánchez, a cargo de la Unidad Fiscal de Delitos No Especializados, había imputado al acusado por incendio culposo seguido de muerte y por tenencia ilegal de arma de fuego de guerra, cargos que finalmente quedaron comprendidos dentro del acuerdo alcanzado.
Qué es un juicio abreviado
El juicio abreviado es un mecanismo previsto en el Código Procesal Penal mediante el cual el imputado reconoce su responsabilidad a cambio de una pena acordada con la fiscalía y las demás partes, evitando así la realización de un juicio oral. En este caso, el acuerdo contó con la conformidad de todas las partes intervinientes, lo que permitió avanzar hacia una resolución más rápida del expediente.