Mientras escala el conflicto social por el avance del oficialismo y los empresarios de la mina San Jorge para tratar el proyecto en la Legislatura, ingresó a la Cámara de Diputados un pedido de informe que busca arrojar luz sobre la actuación de los fiscales y las circunstancias que rodean la detención de Mauricio Cornejo y Federico Soria, dos vecinos de Uspallata que fueron encarcelados tras participar en una manifestación contra la mina.
El proyecto, presentado por Jorge Difonso (LUM), uno de los autores de la emblemática Ley 7722, tiene como objetivo obtener información clara y detallada sobre las acciones privativas de la libertad en curso y garantizar que los procedimientos judiciales se ajusten a la normativa vigente.
Persecución contra asambleístas
En el caso de Mauricio Cornejo, el proyecto solicita al Ministerio Público Fiscal (MPF), manejado por Alejandro Gullé -designado por el gobernador en su primer mandato- que informe sobre la asistencia médica recibida durante su detención, especialmente considerando las heridas sufridas en un accidente.
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El fiscal Juan Manuel Sánchez.
Además, plantea la posibilidad de medidas de coerción menos lesivas, como la detención domiciliaria, y exige explicaciones sobre las razones detrás de la demora en evaluar su viabilidad.
En este caso puntual, el fiscal Juan Manuel Sánchez demoró más de tres semanas en pedir la domiciliaria, y lo hizo después de tres protestas y un informe médico que alertaba sobre la peligrosidad de las heridas del asambleísta.
En cuanto a Federico Soria, el proyecto pide explicaciones sobre los motivos de su detención y la aplicación de la prisión preventiva, destacando que, según la normativa, podría haberse optado por una simple citación. Difonso también solicita detalles actualizados sobre los cargos que se le imputan y los procedimientos procesales pendientes.
A Soria y Cornejo la jueza Claudia Tula les aplicó el artículo 213 bis del Código Penal de la Nación, que reza:
Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación.
Es decir, apunta contra la Asamblea de Uspallata como organización.
Por todas estas circunstancias también hay un pedido de juicio político contra el fiscal Sánchez, impulsado por el ex senador Marcelo Romano.
Uspallata convulsionado
La presentación de este proyecto señaló Difonso a ElEditor Mendoza surge tras reuniones con vecinos autoconvocados y familiares de los detenidos, quienes han manifestado su preocupación por la falta de pruebas en las acusaciones, particularmente en el caso de Soria y Cornejo, denunciados por Edgardo Vera, presidente de la Cámara de Proveedores Mineros de Uspallata.
Vera no presentó testigos ni pruebas contundentes, lo que ha generado interrogantes sobre la legitimidad de las detenciones. Desde que fueron detenidos no cesaron las protestas , tanto en Uspallata como en la Ciudad, e incluso en el Polo Judicial, y este martes hubo un nutrido ruidazo en las calles del centro tras la detención de Soria.