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Ficha Limpia: Mendoza le aportó siete votos al proyecto que inhabilitaría a Cristina Kirchner a ser candidata

Ficha Limpia se aprobó por 144 votos a favor (7 de Mendoza). Los radicales que responden a Cornejo y Cobos se unieron a los libertarios.

El Editor Mendoza | ElEditor Mendoza
Por ElEditor Mendoza
13 de febrero de 2025 - 07:30

Los legisladores que responden a Alfredo Cornejo, Pamela Verasay y Lisandro Nieri, votaron como los libertarios Facundo Correa Llano, Mercedes Llanos, Lourdes Arrieta y Álvaro Martínez, el proyecto de Ficha Limpia en Diputados. Con el voto de Julio Cobos sumaron siete a favor. En contra votaron los peronistas Martín Aveiro, Adolfo Bermejo y Liliana Paponet.

Ficha Limpia apunta a que personas condenadas por corrupción no puedan competir como candidatas en elecciones nacionales, recibió media sanción este miércoles en la Cámara de Diputados por 144 votos a favor, 98 en contra y 2 abstenciones tras más de diez horas de debate. Ahora, la definición queda en manos del Senado.

La iniciativa había recibido aval en comisiones la semana pasada, pero allí se firmaron seis dictámenes. Por ello, en la previa de la sesión, La Libertad Avanza encabezó una negociación con los bloques dialoguistas, en la que también participó el vicejefe de Gabinete Ejecutivo, José Rolandi.

Los diputados del PJ mendocino cuestionaron que se tratara este proyecto cuando aún no hay Presupuesto 2025. Además cuestionaron que no se castigue con la proscripción a los condenados por delitos como lesa humanidad, trata de personas, narcotráfico y lavado de dinero, entre otros.

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A su turno, Verasay recalcó que "increíblemente hay una minoría que se opone".

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Con la mira en Cristina

El proyecto introduce una modificación al artículo 33 de la Ley de Partidos Políticos, de modo de prohibir la candidatura a cargos públicos de toda persona que tenga doble condena por delitos de corrupción, como es el caso de la expresidenta y titular del PJ Nacional, Cristina Kirchner, en la causa Vialidad.

La novedad de la propuesta del Poder Ejecutivo había sido la inclusión de que tal inhabilitación correría en caso que la persona hubiera recibido la sentencia hasta el 31 de diciembre de un año no electoral y no, en cambio, si ocurría a partir del 1ro. de enero del año electoral. Sin embargo, diputados dialoguistas rechazaron de plano ese aspecto, al considerarlo anticonstitucional.

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