Celso Jaque enfrentó críticas por el presupuesto de Malargüe. La oposición criticó con dureza algunos artículos y la previa al tratamiento se había agitado por una exigencia a rendir cuentas sobre actos administrativos. No ocurrió, pero lo mismo se sancionó la pauta de gasto público y la ordenanza municipal.
Así quedó plasmado en el decreto municipal 135/2025, firmado por Jaque y publicado hoy en el Boletín Oficial. En los considerandos de la norma, el intendente de Malargüe hace algunas aclaraciones sobre el motivo de vetar parcialmente algunos artículos aprobados hace algunas semanas en el Honorable Concejo Deliberante.
"Respecto al artículo 17 último párrafo, el mismo resulta inconveniente puesto que ha sido tergiversado lo prescripto por el último párrafo del mencionado artículo, no obstante, se encuentra establecido por la ley de Administración financiera y su decreto reglamentario que al momento están vigentes", dice el decreto.
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El Honorable Concejo Deliberante de Malargüe aprobó el presupuesto que ya tiene vetos del intendente Celso Jaque. Foto: Facebook HCD Malargüe
Ese artículo, en parte, sostenía que "en el caso de las autoridades superiores se encuentra vigente para su liquidación la Ordenanza 1.236/2004 modificada por la Ordenanza 1.411/2007 y la Ordenanza 1.996/2019". Dispone además que se fije "un adicional del 30% (treinta por ciento) sobre el total bruto de haberes, en un todo, de acuerdo con la Ley de Administración Financiera N° 8.706, DR 1000/2015, Ley 1.079 para el Intendente Municipal, Contador General y Asesor Legal en su carácter de responsables objetivos ante el Tribunal de Cuentas".
Hasta al propio Tribunal de Cuentas le había hecho ruido el argumento. "Los asesores legales no son responsables porque el dictamen es una opinión consultiva y no toman decisiones de administración", comentaron en el edifico ubicado sobre calle Catamarca.
Otros vetos en Malargüe
Días después de la sanción en el Honorable Concejo Deliberante, que no estuvo exenta de polémicas, el intendente dio marcha atrás con el aumento y decidió vetarlo. No fue el único artículo. También vetó el concurso para cubrir vacantes de planta permanente, de acuerdo a la selección que se realice desde el Departamento Ejecutivo y con la participación de la Junta de Selección, la que será integrada además por Concejal del Honorable Concejo Deliberante, para seguimiento y control.
El motivo de bochar el inciso f del artículo 18, es porque "el mismo resulta ilegal puesto que el Concejo Deliberante no tiene facultades para intervenir en la junta de selección, atribuciones que le son propias al Departamento Ejecutivo".