El Poder Judicial de Mendoza dictó el sobreseimiento definitivo de la referente sindical y dirigente del Partido Obrero, Raquel Blas, en la causa penal que se le había iniciado a principios de 2024. La resolución, fundamentada en la prescripción de la acción penal por el paso del tiempo, pone fin a un proceso judicial que comenzó tras las movilizaciones contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 y la Ley Ómnibus.
El caso contra Blas había sido iniciado por el fiscal Fernando Giunta bajo la tipificación del artículo 194 del Código Penal, que sanciona el entorpecimiento de las vías de transporte y el corte de calles.
Aquellas jornadas de febrero de 2024, que incluyeron también las detenciones temporales de los dirigentes Víctor Da Vila y Martín Rodríguez.
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El debate jurídico sobre el derecho a la protesta
Desde una perspectiva técnica, la resolución reabre el análisis sobre la convivencia entre el Código Contravencional local y las garantías constitucionales. Tras la audiencia en los tribunales provinciales.
Este sobreseimiento que hemos logrado es un punto de apoyo para seguir diciendo que el derecho a la protesta es un derecho constitucional ratificado por todos los tratados de derechos humanos. Este sobreseimiento que hemos logrado es un punto de apoyo para seguir diciendo que el derecho a la protesta es un derecho constitucional ratificado por todos los tratados de derechos humanos.
Por otro lado, la posición sostenida históricamente por el Ministerio Público Fiscal y el Ejecutivo provincial apunta a la necesidad de resguardar el derecho a la libre circulación de los ciudadanos.
Desde este punto de vista, las imputaciones buscan desincentivar modalidades de protesta que afecten de manera directa el normal desarrollo de las actividades urbanas y el transporte público, abriendo un complejo interrogante sobre dónde termina el derecho a reclamar y dónde empieza el derecho a transitar.
Tras la audiencia la dirigente indicó:
Creo que es muy importante entender que no tenemos que bajar los brazos, que bajo ningún punto de vista podemos reconocer que el derecho a la protesta o a la movilización es un delito. Debemos mantenernos firmes ya que contamos con el aval de los pactos internacionales Creo que es muy importante entender que no tenemos que bajar los brazos, que bajo ningún punto de vista podemos reconocer que el derecho a la protesta o a la movilización es un delito. Debemos mantenernos firmes ya que contamos con el aval de los pactos internacionales