La demanda fue presentada por dos personas identificadas con las iniciales O.G.J. y D.R.N., en representación de dos menores de edad, B.N. e Y.N., quienes requerían prestaciones de salud y asistencia que habían quedado afectadas por el veto.
Efectos inmediatos y proyección nacional
El juez ordenó a la obra social de los menores adecuar las prestaciones de acuerdo con lo que establecía la Ley de Emergencia en Discapacidad, restituyéndoles derechos que habían quedado interrumpidos. Además, dispuso que los costos del proceso sean asumidos por el Estado Nacional.
Aunque el Gobierno puede apelar la decisión, el fallo es el primero en el país que revoca los efectos del veto presidencial y abre la puerta a que se multipliquen acciones de amparo en otros tribunales.
En paralelo, agrupaciones de personas con discapacidad anunciaron movilizaciones para rechazar el veto y reclamar la plena vigencia de la ley. “Este es un paso fundamental en la defensa de nuestros derechos”, sostuvieron desde las organizaciones convocantes.