Arrancó la veda electoral: qué actividades están prohibidas hasta el domingo después de las elecciones
La participación en los seis municipios fue muy baja.
La participación en los seis municipios fue muy baja.
Arrancó la veda electoral: qué actividades están prohibidas hasta el domingo después de las elecciones
Arrancó la veda electoral: qué actividades están prohibidas hasta el domingo después de las elecciones
La veda electoral arrancó a las 8 de la mañana y la medida impone una serie de restricciones legales y administrativas destinadas a garantizar que los votantes puedan ejercer su derecho al sufragio en un clima de reflexión, igualdad y respeto. El Código Electoral Nacional (Ley N.º 19.945) establece qué actividades están prohibidas.
Las restricciones comienzan 48 horas antes del inicio de la votación y finaliza tres horas después de su cierre, es decir, el domingo a las 21.00 horas, cuando el proceso electoral ya se considera concluido en todo el país. Durante ese lapso, no se pueden difundir encuestas, realizar actos partidarios ni emitir mensajes proselitistas, tanto en medios tradicionales como en redes sociales.

“La veda busca proteger la libertad de conciencia del votante. Es el momento en que se apagan los micrófonos de la política y se enciende el derecho ciudadano a decidir”, explicaron desde la Cámara Nacional Electoral (CNE).
También se prohíbe emitir publicidad política o notas que puedan influir en la decisión de voto a través de medios de comunicación, radio, TV o plataformas digitales.
Se pueden hacer muchas más actividades de las que se cree. Los comercios, restaurantes, cines y espectáculos públicos pueden funcionar, siempre que no realicen actos de carácter político ni exhiban propaganda partidaria.
Los medios de comunicación pueden mantener su programación habitual, pero deben abstenerse de emitir mensajes electorales o difundir encuestas.
Está permitido informar sobre aspectos logísticos del proceso electoral, como los horarios, padrones, protocolos sanitarios o modalidades de voto.
En el caso de las redes sociales, los usuarios comunes pueden expresar opiniones personales, pero no pueden pedir el voto ni promover candidatos durante el período de veda.
Las violaciones a la veda están penadas por el Código Electoral y pueden implicar multas económicas, arrestos breves o inhabilitaciones temporales.
Las sanciones más frecuentes son:
La Cámara Nacional Electoral aclaró que la normativa también se aplica a las plataformas en línea, tanto para candidatos como para partidos y medios de comunicación.
Está prohibido:
Los usuarios particulares pueden seguir opinando sobre política, siempre que no haya intención explícita de influir en el voto.
“Las redes no están por fuera de la ley. Si un mensaje tiene contenido electoral, la veda lo alcanza, aunque se publique desde un teléfono personal”, precisaron desde la CNE.
Algunas actividades esenciales quedan exceptuadas, ya que son necesarias para el desarrollo del acto electoral.
Entre ellas se incluyen:
Estas personas pueden trabajar durante la veda, pero deben mantener neutralidad política y no participar en ningún tipo de manifestación partidaria.
de las 21.00 horas, tal como lo establece la normativa vigente.
La Cámara Nacional Electoral habilitó canales oficiales para denunciar infracciones a la veda, como propaganda en medios, actos públicos o publicaciones partidarias.
Los reportes pueden realizarse a través de: