El Senado aprobó la minería periglaciar con un buen margen de votos a favor
-La modificación a la Ley de Glaciares fue objeto de un debate extenso en el Senado.
-El gobierno logró imponerse con 39 votos contra 31.
PorElEditor Mendoza
26 de febrero de 2026 - 21:03
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Rodolfo Suárez y Mariana Juri, los radicales mendocinos en el Senado
El Senado de la Nación aprobó este jueves las modificaciones estructurales a la Ley de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, conocida formalmente como Ley 26.639. La votación resultó favorable a la modificación por 39 votos frente a 31 en contra. Se registró una abstención.
Dos de los tres senadores por Mendoza votaron a favor. Se trata de los cornejistas Rodolfo Suárez y Mariana Juri. Por su lado, la peronista Anabel Fernández Sagasti se expresó en contra.
El futuro del proyecto se decidirá en la Cámara de Diputados. El Poder Ejecutivo logró desmantelar parte de las restricciones que, según el sector industrial, frenaban inversiones por más de 30.000 millones de dólares en proyectos de cobre y litio.
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Victoria Villarruel dispuso que cada senador o senadora avalara el aumento en sus dietas.
La sesión, presidida por la vicepresidenta Victoria Villarruel, se desarrolló en un clima de alta volatilidad política. El oficialismo, representado por La Libertad Avanza, defendió la reforma bajo la premisa de devolver a las provincias el "dominio originario" sobre sus recursos naturales. La senadora por Salta, Flavia Royón, una de las principales voces en defensa del proyecto, sostuvo que la normativa vigente desde 2010 era "excesivamente restrictiva" y carecía de criterios técnicos aplicables a la realidad productiva de la cordillera.
El eje de la polémica en el Senado
El cambio más trascendental radica en la redefinición del ambiente periglacial. Hasta hoy, la ley protegía de manera absoluta cualquier geoforma que actuara como reserva hídrica, independientemente de su tamaño. La nueva redacción establece que solo serán protegidos aquellos cuerpos de hielo que cumplan una "función hídrica estratégica y verificada" como proveedores de agua para cuencas hidrográficas.
Este punto despertó duras críticas por parte del IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales) y diversos sectores del CONICET. Los especialistas advierten que exigir una "función hídrica verificada" invierte la carga de la prueba y vulnera el principio precautorio del derecho ambiental. "No se puede esperar a que un glaciar de escombros desaparezca para probar que era vital para el ecosistema", señalaron desde las galerías del Congreso, donde se concentraron grupos ambientalistas.
El rol de las provincias
Otro pilar de la reforma es la descentralización del Inventario Nacional de Glaciares (ING). Si bien el IANIGLA continuará como organismo técnico, las autoridades provinciales tendrán ahora la potestad de validar qué áreas se incorporan o se retiran del inventario basándose en estudios de impacto ambiental locales.
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Para el jefe del bloque opositor, José Mayans, este cambio representa un "retroceso institucional grave". En su discurso de cierre, el formoseño denunció que la ley "se hizo a medida de las empresas mineras" y advirtió sobre posibles conflictos interprovinciales por el uso del agua en cuencas compartidas. "Estamos canjeando la seguridad hídrica de las futuras generaciones por una promesa de inversiones que no sabemos si llegará", sentenció.
Por el contrario, desde el oficialismo se celebró la aprobación como un "acto de justicia federal". El presidente Javier Milei, a través de sus canales oficiales, destacó que esta reforma es indispensable para el éxito del RIGI (Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones), argumentando que la Argentina no puede darse el lujo de mantener "recursos muertos" bajo una legislación que calificó de "anacrónica".
Futuro judicial
A pesar de la sanción en el Congreso, el camino de la nueva ley no parece estar despejado. Diversas organizaciones, entre ellas la Asociación de Abogados Ambientalistas, ya adelantaron que presentarán recursos de amparo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Argumentan que la reforma viola el principio de no regresión ambiental, un estándar internacional que impide que las leyes nuevas reduzcan el nivel de protección ya alcanzado por normas anteriores.