Los 26 "no cumple" de San Jorge.

La UNCuyo publicó una lista de los riesgos ambientales críticos que encierra la mina de cobre en Uspallata

El Gobierno difundió el dictamen técnico de la UNCuyo sobre la mina de cobre en Uspallata y la respuesta de Minera San Jorge a las objeciones.

El Editor Mendoza | Gabriela Valdés
Por Gabriela Valdés
27 de abril de 2025 - 10:17

El proyecto "PSJ Cobre Mendocino", presentado por Minera San Jorge S.A., sigue generando polémica tras el exhaustivo dictamen técnico de la UNCuyo, a través de su fundación, que reveló 26 graves incumplimientos normativos y técnicos por parte de la minera.

El dictamen de la FUNCuyo y la respuesta de San Jorge (ver más adelante en esta misma nota) fueron incorporados al trámite oficial. Aún faltan dictámenes sectoriales y la audiencia pública previa al tratamiento legislativo.

El agua

"Los estudios de caudales y balances hídricos se basan en datos desactualizados (2008-2010), sin considerar la variabilidad estacional e interanual, lo que subestima el impacto en el recurso hídrico", señala un tramo del dictamen.

Apunta que la divisoria de aguas no está verificada, es decir que no hay evidencia contundente sobre la divisoria de cuencas subterráneas entre Yalguaraz y Uspallata, lo que afecta la evaluación del impacto en los acuíferos.

Profundidad freática incorrecta: Para la FUNCuyo la afirmación de que la napa freática está a más de 120 m de profundidad no está suficientemente respaldada y la excavación del tajo (hasta 400 m) podría interceptarla, generando riesgos de drenaje ácido.

Riesgo de drenaje acido de roca (DAR)

Como ya había anticipado el resumen del dictamen al que accedió ElEditor Mendoza, indica la casa de altos estudios que los estudios de potencial DAR se basan en solo 4 muestras, sin metodología clara de toma, lo que no garantiza representatividad.

Materiales sulfurados no evaluados: No se analizaron materiales como la calcopirita (sulfuro de cobre), clave para determinar el riesgo de generación de ácido.

Medidas preventivas ausentes: No se contempla la impermeabilización de depósitos de colas y escombreras, a pesar de que algunas muestras clasifican como "inciertas productoras de ácido".

Impacto en el caudal del arroyo El Tigre

Una de las preocupaciones de los pobladores de Uspallata es la afectación del arroyo El Tigre, y en este punto la UNCuyo señala que la empresa subestima el impacto real que podría haber sobre el cauce. Los cuestionamientos se resumen en tres puntos:

Caudal ecológico no garantizado: en épocas de estiaje, el caudal del arroyo (19 l/s) podría ser completamente derivado a la mina, secando tramos y afectando la recarga subterránea y los ecosistemas.

Aforadores mal ubicados: el aforador propuesto está aguas abajo de la toma de agua, lo que subestima el impacto real. Se recomienda uno adicional aguas arriba.

Omisión de efectos climáticos: no se considera la reducción de caudales por cambio climático ni la mega sequía regional.

visitas uspallata.avif
Alfredo Cornejo y los dueños de la mina San Jorge ofrecen visitas guiadas a Uspallata, donde plantean construir la mina.,

Alfredo Cornejo y los dueños de la mina San Jorge ofrecen visitas guiadas a Uspallata, donde plantean construir la mina.,

Deficiencias en el Plan de Manejo Ambiental (PMA)

Aquí los cuestionamientos de la universidad, que la minera debería mejorar para pasar la aprobación de su plan ambiental, se resumen en cuatro puntos:

Falta de cronograma: no se presenta un plan detallado para implementar las medidas correctivas.

Monitoreo incompleto: no se incluyen parámetros clave como metales pesados (Cu, Zn) en pozos de monitoreo.

No hay protocolos para umbrales de alerta ante contaminación de aguas superficiales/subterráneas.

Omisión de la Ciénaga de Yalguaraz: no se evalúa suficientemente el impacto de la reducción de caudal en este humedal, vital para la biodiversidad.

La Ley 7722 y otras normas

En la lista de los "incumplimientos normativos" por parte de San Jorge se encuentran:

Ley 7722: aunque se afirma que no se usarán sustancias prohibidas, no se presenta una evaluación de riesgo ambiental para los reactivos químicos declarados (xantato, espumantes). Aquí la ley, como alertó en su momento un fallo de la Suprema Corte, tiene un gris por donde podría colarse San Jorge, ya que no enlista al xantato entre las sustancias prohibidas para hacer minería.

Resolución 192 del año pasado: no se cumple con la guía para caracterizar comunidades del área de influencia.

Consulta previa a pueblos indígenas: no se realizó, incumpliendo el Convenio 169 de la OIT.

Impactos socioeconómicos y culturales

Finalmente, la UNCuyo señala que hay potenciales conflictos sociales no abordados en el estudio de impacto de la empresa: Se omite la historia reciente de conflictos socioambientales vinculados al proyecto.

Por ejemplo, apunta el dictamen que la descripción del valor histórico de la zona que hace PSJ es superficial y no considera hallazgos recientes en el área.

La lista de los 26 no cumple

Esta es la lista de Incumplimientos apuntados por los técnicos de la UNCuyo a cargo del dictamen ordenados por página y componente evaluado:

1. Tendencia de evolución del ambiente (Pág. 124)

No cumple con analizar hipótesis de no concreción del proyecto.

Falta escenario futuro sin el proyecto para comparar impactos.

2. Alternativas del proyecto (Pág. 125)

No cumple con justificar la selección de alternativas.

No se describe por qué se eligió la ubicación actual frente a otras opciones.

3. Consulta previa a pueblos indígenas (Pág. 126)

No cumple con el Convenio 169 de la OIT.

Omite consulta libre e informada a comunidades indígenas.

4. Declaración Jurada de Buenas Prácticas (Pág. 127)

No cumple con la Resolución 192/24.

No caracteriza adecuadamente a las comunidades locales.

5. Impactos territoriales (Pág. 128)

No cumple con evaluar efectos en ordenamiento territorial.

Ignora el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de Las Heras.

6. Balance hídrico (Pág. 129)

No cumple con usar datos actualizados.

Basado en mediciones de 2008-2010, sin considerar cambio climático.

7. Profundidad freática (Pág. 130)

No cumple con verificar la profundidad real de la napa.

Estudios geofísicos insuficientes para confirmar los -146 m declarados.

8. Impermeabilización de depósitos (Pág. 131)

No cumple con prevenir filtraciones.

No se impermeabilizan diques de colas ni escombreras.

9. Muestras para DAR (Pág. 132)

No cumple con cantidad mínima de muestras.

Solo 4 muestras para evaluar drenaje ácido (deberían ser decenas).

10. Calidad de aguas subterráneas (Pág. 133)

No cumple con monitorear metales pesados.

Faltan análisis de Cu, Zn, As en pozos existentes.

11. Aforadores (Pág. 134)

No cumple con medir caudal aguas arriba.

Solo propone aforador aguas abajo de la toma, subestimando impacto.

12. Cronograma de Plan de Manejo Ambiental (Pág. 135)

No cumple con presentar plazos claros.

No hay fechas para implementar medidas correctivas.

13. Energías renovables (Pág. 136)

No cumple con analizar alternativas sustentables.

No evalúa opciones como solar/eólica para reducir huella de carbono.

14. Impacto lumínico (Pág. 137)

No cumple con evaluar contaminación lumínica.

Omite efectos en observatorios astronómicos y turismo.

15. Patrimonio paleontológico (Pág. 138)

No cumple con proteger hallazgos.

No hay protocolos para rescate de fósiles.

16. Salud pública (Pág. 139)

No cumple con evaluar riesgos químicos.

No hay estudio de toxicidad de xantatos y espumantes.

17. Monitoreo post-cierre (Pág. 140)

No cumple con planes a largo plazo.

No asegura vigilancia tras el cierre de la mina.

18. Documento de Síntesis (Pág. 141)

No cumple con límite de 25 páginas.

Extensión de 30 páginas, excede lo normado.

19. Dificultades técnicas (Pág. 142)

No cumple con declarar limitaciones.

No especifica problemas en estudios hidrogeológicos.

20. Vulnerabilidad social (Pág. 143)

No cumple con identificar conflictos previos.

Omite tensiones históricas por el proyecto.

21. Infraestructura vial (Pág. 144)

No cumple con evaluar impacto en rutas.

No analiza efecto del tránsito de camiones en RN7.

22. Almacenamiento de residuos sólidos RSU (Pág. 145)

No cumple con justificar ubicación.

No hay estudio de riesgo para residuos sólidos.

23. Emisiones de calor (Pág. 146)

No cumple con medir impacto térmico.

23. Emisiones de calor (Pág. 146)

No cumple con medir impacto térmico.

No se evalúa aumento de temperatura local.

24. Fauna acuática (Pág. 147)

No cumple con proteger especies endémicas.

No hay plan para mitigar reducción de caudal en arroyos.

25. Participación ciudadana (Pág. 148)

No cumple con metodología transparente.

Estudio de sensibilidad social con muestra no representativa.

26. Normativa provincial (Pág. 149)

No cumple con Ley 5100 (calidad del aire).

No ajusta monitoreo a estándares mendocinos.

Este es el dictamen de la FUNCuyo:

Orden-0121-IF-2025-03038513-GDEMZA-MINERIA-2 (1).pdf

La respuesta de San Jorge

El Gobierno publicó en paralelo la respuesta de la empresa a las objeciones. Se trata de un documento de 217 páginas que ya forma parte del expediente que sigue su trámite hacia el tratamiento legislativo de la Declaración de Impacto Ambiental.

Minera San Jorge destacó una serie de medidas y estudios que, según la empresa, respaldan la viabilidad ambiental y técnica del proyecto "PSJ Cobre Mendocino".

Impermeabilización y depósitos de cola

En cuanto a la impermeabilización de los depósitos de colas y escombreras, la minera asegura que las pruebas ABA y NAG realizadas confirman que los materiales no generan drenaje ácido de roca (DAR).

Afirma la empresa que no se requiere impermeabilización y proponen como solución estándar el uso de una membrana bituminosa en caso de ser exigido por las autoridades, además de incluir un monitoreo geotécnico y un manejo de aguas pluviales.

Minera San Jorge aseguró que el proceso de flotación y espesado garantiza la estabilidad química de las colas y detalló que los compuestos usados, como el MIBC, xantato y poliacrilamida, cumple con los lineamientos de la Ley 7.722.

Esta es la respuesta de Minera San Jorge a las objeciones de la UNCUyo:

Respuesta de San Jorge.pdf

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