Dicen que la justicia se equivocó.

Los argumentos de la Municipalidad de Godoy Cruz para no acatar el fallo que condena a un funcionario

El concejal Martín González pidió información sobre la causa que involucra a Martín Appiolaza, funcionario de la Municipalidad de Godoy Cruz.

El Editor Mendoza | ElEditor Mendoza
Por ElEditor Mendoza
6 de mayo de 2025 - 13:09

La Segunda Cámara de Apelaciones en lo civil condenó a la Municipalidad de Godoy Cruz y al director de Asesoría de Relaciones Institucionales de esa comuna, Martín Appiolaza a pagar $19 millones por daños derivados de violencia de género que padeció una empleada. En primera instancia, al funcionario no le habían probado el hecho.

La comuna que administra Diego Costarelli (UCR) no acató el fallo y fue a la Suprema Corte de Justicia provincial. El concejal Martín González (PJ) pidió detalles de la causa y la respuesta lo sorprendió. Aunque, si el máximo tribunal revierte la decisión de la Cámara, se habrían agotado las instancias en el ámbito provincial.

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Silvina Furlotti, ex presidenta de la Asociación de Magistrados, Gladys Marsala y María Teresa Carabajal Molina, integrantes de la Segunda Cámara de Apelaciones del fuero civil, coincidieron en que faltó perspectiva de género en el fallo de primera instancia firmado por Fernando Games al que llega luego de varios testimonios de empleados municipales. Consideran que "valoró desproporcionadamente la prueba testimonial, a la que calificó como 'contundente', en desmedro del resto de las pruebas producidas por la actora, en especial, el informe pericial al que calificó como 'complementario'".

"Si juzgó con perspectiva de género, como expresamente sostuvo, debió 'incorporar al análisis todas aquellas cuestiones que, debido al género, pueden conllevar un trato inequitativo, en resguardo de derecho a la igualdad y a la no discriminación; derechos reconocidos en nuestra Constitución Nacional convencionalizada por los tratados internacionales de derechos humanos que el Estado ha suscripto e incorporado al ordenamiento", dice otro de los párrafos de la sentencia de Cámara redactada por Furlotti y al que adhirieron las camaristas.

Para ser más explícita, remarca que "la contradicción podrá observarse, también, en que el magistrado reconoció el daño psicológico sufrido por la actora, pero sin saber sus causas". Y enumeran una serie de argumentos que consideran clave para revertir la sentencia que condena tanto al funcionario como a la comuna.

"Se equivoca el Iudex a quo en tanto no sólo la pericia agregada en autos corrobora los hechos y el daño producido, sino los mismos hechos relatados por la actora, la prueba instrumental y los testimonios, conforme fue expuesto en los alegatos a los que remitimos. Le asiste razón en cuanto que “es una prueba complementaria, no puede ser la única o exclusiva prueba”, esgrime Furlotti.

Para la comuna, la justicia se equivocó

González hizo un pedido de acceso a la información pública en la que solicita detalles como por ejemplo: de qué manera, quién y con qué fondos se afrontará el pago de la condena por daños y perjuicios de $19 millones, además de conocer qué medidas se tomarán desde la Municipalidad respecto del agente Appiolaza y si se inició un sumario administrativo o si se iniciaría.

Desde la comuna respondieron que "el pago debe incluirse en la partida correspondiente al presupuesto del año siguiente, lo que no se produce si la misma es recurrida". Es decir, que hasta tanto no quede la sentencia firme no se tomarán decisiones con respecto a los fondos. El recurso extraordinario ingresó ayer, al límite del plazo para apelar.

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Martín Appiolaza y la Municipalidad de Godoy Cruz fueron condenados por la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil, pero el funcionario irá a la Suprema Corte de Justicia.

Martín Appiolaza y la Municipalidad de Godoy Cruz fueron condenados por la Segunda Cámara de Apelaciones en lo Civil, pero el funcionario irá a la Suprema Corte de Justicia.

Con respecto a las medidas con Appiolaza, la respuesta del municipio es una sentencia sobre la sentencia emitida por la justicia: "Se tomaron medidas apenas se tomó conocimiento de la denuncia. Según las investigaciones realizadas en sede administrativa, al igual de lo ocurrido en sede penal y ante el INADI (organismo especializado donde se promovió la misma denuncia), no ha existido ningún acto de violencia de género".

Además de cuestionar a las camaristas, la comuna radical asegura que " la sentencia yerra al considerar la prueba".

"Toma como indicio de que sí habría existido violencia el hecho de que se haya puesto en ejecución el Protocolo sancionado por Ordenanza 7068 (Protocolo de actuación en casos de violencia de género), cuyo art. 7, inc. 'c', exige no constatar en forma previa la verosimilitud de la denuncia (por lo cual también se pone en movimiento en casos de denuncias falsas), para evitar el riesgo de revictimizar a la denunciante".

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