Oro y cobre en la cordillera.

Minería y glaciares: el IANIGLA advirtió sobre periglaciares y el retroceso de "reservas estratégicas de agua"

-Milei anticipó que impulsará la minería en periglaciares

-Mendoza ya tiene su propio protocolo

-El IANIGLA anticipó sobre el retroceso de masas de hielo

El Editor Mendoza | Gabriela Valdés
Por Gabriela Valdés
19 de noviembre de 2025 - 10:21

“El Instituto desea aclarar que no ha sido informado ni consultado oficialmente sobre ninguna propuesta de modificación de esta Ley que pudiera haber sido mencionada o circulado en algunos medios de comunicación”, señalaron en un comunicado que busca despejar dudas y reafirmar el marco legal vigente. “El Instituto desea aclarar que no ha sido informado ni consultado oficialmente sobre ninguna propuesta de modificación de esta Ley que pudiera haber sido mencionada o circulado en algunos medios de comunicación”, señalaron en un comunicado que busca despejar dudas y reafirmar el marco legal vigente.

La Ley 26.639, sancionada en 2010, “establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial en el territorio argentino”. Su objetivo principal, recuerdan desde el Instituto, es “la preservación de estas formaciones como reservas estratégicas de recursos hídricos, fundamentales para el consumo humano, la agricultura, la recarga de cuencas hidrográficas, la protección de la biodiversidad, la generación de información científica y el desarrollo turístico”.

El protocolo en Mendoza para periglaciares y minería

La ministra Jimena Latorre informó en la Legislatura esta semana que en Mendoza hay un protocolo que tendrá fuerza de ley para que los proyectos mineros procedan en zonas donde hay periglaciares. Ese documento, al que ElEditor Mendoza accedió, es la "Guía de la Autoridad Ambiental Minera de Mendoza: Estudios de Glaciares y Ambiente Periglacial en Proyectos Mineros", un manual de 10 páginas que establece el camino a seguir para caracterizar y, eventualmente, operar, en zonas con presencia de esas reservas hídricas.

Latorre indicó también que el protocolo viene a suplir falta de información debido a que el IANIGLA no actualizó la información y la Ley de Glaciares está sin reglamentación desde hace 10 años.

Embed - Conferencia Jimena Latorre en la Legislatura - 17/11/25

El rol del IANIGLA

En el comunicado difundido en las últimas horas, el IANIGLA indica que “no es autoridad de aplicación ni autoridad competente de la Ley”, sino que, de acuerdo con el artículo 5, “es responsable de la realización y el monitoreo del Inventario Nacional de Glaciares, bajo la coordinación de la autoridad nacional de aplicación, que hoy es la Subsecretaría de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación”. Las provincias y la Administración de Parques Nacionales, agregan, “actúan como autoridades competentes según corresponda”.

El Inventario Nacional de Glaciares (ING) es, indica el instituto, “un instrumento técnico-científico de información pública que identifica y caracteriza las masas de hielo en el territorio nacional”.

Su objetivo es “individualizar los glaciares, los glaciares de escombros y los manchones de nieve perennes que funcionan como reservas hídricas”. La elaboración del ING, remarcaron, “sigue criterios y metodologías científicas reconocidas internacionalmente” y constituye “información de base para que las autoridades de aplicación adopten las decisiones administrativas correspondientes en el marco de sus competencias legales”.

Periglaciares: reservas estratégicas de agua

El comunicado dedica un apartado a la importancia hídrica de las reservas criosféricas. “El agua (superficial y subterránea) de la que dependen provincias como Mendoza es provista casi exclusivamente por el aporte de la nieve, los glaciares y el ambiente periglacial”, advierten. El ambiente periglacial, definido por la presencia de permafrost y procesos de congelamiento y descongelamiento del suelo, “representa asimismo una reserva de hielo subterráneo conservada durante largos períodos”.

Los glaciares de escombros, característicos de este ambiente, “pueden contener entre un 35 % y un 70 % de hielo en su interior”. Por ello, constituyen “reservas hídricas potenciales y cumplen una función hidrológica esencial al regular el aporte de agua a la escorrentía”. En los Andes Áridos, remarcan, “pueden aportar entre un 25 % y un 50 % del caudal total en cursos de agua, especialmente en años de sequía”.

Avances y retrocesos

El primer Inventario Nacional de Glaciares se presentó el 7 de junio de 2018. Luego, “tras un proceso técnico-administrativo específico, en diciembre de 2024 se publicó la primera actualización parcial correspondiente a la región de los Andes Desérticos”. Actualmente, informó el organismo, “se trabaja en la actualización de la región de los Andes Centrales (San Juan y Mendoza), cuya finalización se prevé para el primer semestre de 2026”.

Los datos son contundentes. “Según los resultados del ING, en 2018 se identificaron en la cordillera de los Andes 5.769 km² de hielo, de los cuales 674 km² corresponden a glaciares de escombros”. Estos cuerpos de hielo “representan aproximadamente el 1 % de la superficie de la Cordillera y, por ejemplo, sólo el 0,8 % de la superficie de la provincia de Mendoza”.

La actualización de la región de los Andes Desérticos reveló un panorama preocupante: “en un período cercano a diez años, se observó una reducción del 17 % en la superficie con glaciares y del 23 % en los manchones de nieve perennes”. Estos cambios, advierten, “ponen de relieve cambios significativos en estas reservas estratégicas de agua”.

Una ley bajo la lupa

La Ley 26.639, conocida como Ley de Glaciares, ha sido objeto de debates desde su sanción. El comunicado del IANIGLA busca reafirmar que, más allá de las discusiones políticas, el trabajo científico continúa y es vital para la gestión de los recursos hídricos. “El Inventario constituye información de base para que las autoridades de aplicación adopten las decisiones administrativas correspondientes”, insisten.

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