El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) declaró ilegales a tres radios FM que operaban en la provincia de Mendoza sin la correspondiente habilitación. La decisión, publicada en el Boletín Oficial, afecta a emisoras de los departamentos de Las Heras y General Alvear, y se enmarca en el cumplimiento de la Ley N.º 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Dos radios de Las Heras y una de Alvear deberán cesar sus emisiones
Las radios señaladas por el ENACOM son FM Olímpica (99.1 MHz) y FM “JTA Jesús te ama” (87.9 MHz), ambas del departamento de Las Heras; y FM Río (93.9 MHz), ubicada en General Alvear. Las resoluciones indican que estas emisoras prestaban servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia sin contar con la debida licencia, violando lo establecido en el artículo 116 de la normativa vigente.
En ese artículo se establece que “los servicios de comunicación audiovisual que operen sin la correspondiente autorización o licencia serán considerados clandestinos y deberán cesar inmediatamente sus emisiones”.
La resolución firmada por Juan Martín Ozores, interventor del ENACOM, establece con claridad que se “intima al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio”. Además, en caso de que no se cumpla con lo ordenado, el organismo procederá a la incautación y desmantelamiento forzoso del equipamiento.
Inhabilitación por cinco años para el titular de FM Olímpica
En el caso particular de FM Olímpica, se tomó una medida adicional: la inhabilitación por cinco años del señor Oscar Alberto Romero, señalado como responsable de la emisora. Según el texto oficial, durante ese período Romero no podrá ser titular, socio, ni formar parte de la conducción de ningún medio regulado por la Ley 26.522.
Esta sanción ejemplificadora responde, según explicaron fuentes del ente, al carácter reincidente y a la gravedad de la infracción detectada.
Qué dice la Ley y cómo se regula el espectro radial
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N.º 26.522, sancionada en 2009, establece que todo servicio de radiodifusión debe contar con una licencia otorgada por la autoridad competente. Además, exige la inscripción en registros públicos y el cumplimiento de requisitos técnicos y legales para garantizar un uso ordenado y transparente del espectro radioeléctrico, considerado un recurso limitado del Estado.
El ENACOM (organismo que regula y controla las telecomunicaciones y medios audiovisuales en Argentina) realiza periódicamente auditorías y monitoreos del espectro, y ante la detección de emisoras ilegales puede emitir resoluciones como las publicadas esta semana.
Proliferación de emisoras no registradas
En algunas regiones del país, especialmente en zonas urbanas y periurbanas, la proliferación de emisoras ilegales o sin licencia se ha convertido en un fenómeno recurrente. Muchas veces se trata de proyectos comunitarios, religiosos o independientes que, por desconocimiento o falta de recursos, operan fuera del marco normativo.
Desde el ENACOM señalan que el objetivo no es perseguir expresiones comunicacionales, sino ordenar el uso del espectro para evitar interferencias, garantizar el acceso plural y asegurar el cumplimiento de estándares técnicos y de contenido.
¿Qué puede pasar ahora?
Las radios deberán cesar sus transmisiones y desmontar los equipos. Si incumplen, el ENACOM procederá a intervenir físicamente.
Además, quienes hayan sido inhabilitados enfrentarán restricciones legales para operar medios durante años.