El Gobierno de Mendoza oficializó este lunes las nuevas regulaciones aprobadas en la Legislatura provincial que modifican las leyes 9086 y 7412, que endurecen obligaciones y sanciones para quienes trabajan con plataformas de viaje como Uber y Cabify, Maxim, entre otras.
Entre las modificaciones se destaca, la limitación de permisos individuales, responsabilidad de las plataformas, y el endurecimiento del régimen sancionatorio.
"Los titulares de los vehículos afectados a estos servicios deberán solicitar a la Autoridad de Aplicación, el otorgamiento de un permiso de explotación, el que tendrá carácter de precario y revocable", indica una de las modificaciones que agrega que "el permisionario deberá ser titular dominial del vehículo con el que prestará el servicio. Solo podrán ser permisionarios personas humanas. Ninguna persona podrá ser titular de más de un permiso afectado al servicio regulado en la presente sección".
La restricción no correrá para vehículos que utilicen motores eléctricos para su propulsión.
Principales cambios a la ley
La norma introduce cambios en los artículos 53, 64 y 85 de la Ley N° 9086 e incorpora nuevos incisos y reformas en la Ley N° 7412, fortaleciendo las facultades de control y fiscalización sobre las empresas de redes de transporte (ERT). El objetivo es brindar mayor seguridad jurídica, transparencia y equidad entre los distintos prestadores del servicio, destacaron desde el Senado, al momento de aprobar la nueva normativa.
Entre las principales disposiciones, se establece que los permisionarios deberán ser personas humanas titulares del vehículo, con un permiso precario y revocable otorgado por la Autoridad de Aplicación, y que no podrán poseer más de un permiso, salvo en el caso de los vehículos eléctricos.
También se fijan sanciones para las plataformas que incumplan la normativa, que podrán incluir multas, suspensión temporal por hasta dos años o inhabilitación definitiva. Las empresas estarán obligadas a abstenerse de asignar viajes a conductores sin permiso de explotación y de realizar cualquier tipo de publicidad que promueva el incumplimiento de la ley.
El texto aprobado amplía las competencias del Ente de la Movilidad Provincial (EMoP), al que se autoriza a controlar la facturación, ingresos y documentación de las empresas, aplicar sanciones y ejecutar el cobro de multas a través de la Administración Tributaria Mendoza (ATM).
Desde el Ejecutivo provincial se remarca que la actualización normativa responde a los cambios tecnológicos y a la necesidad de garantizar condiciones de competencia leal entre los servicios tradicionales y los digitales. La reforma se apoya en la experiencia obtenida desde las primeras regulaciones, buscando mejorar la movilidad desde la perspectiva de los usuarios y optimizar los mecanismos de control.
Además, la ley incorpora un enfoque ambiental al promover la incorporación de vehículos eléctricos dentro del sistema de transporte privado.
En ese sentido, se modifican las disposiciones del artículo 53 de la Ley N° 9086 para eximir a los permisionarios que utilicen vehículos eléctricos de ciertas limitaciones, como la cantidad de permisos o los requisitos de titularidad, incentivando la movilidad sustentable en línea con los objetivos del Plan Integral de Movilidad 2030.