Turismo aventura qué vehículos podrán usar los prestadores en Mendoza
Un proyecto que avanza en el Senado provincial busca incorporar una categoría específica para los vehículos de apoyo utilizados en actividades de turismo aventura
Turismo aventura qué vehículos podrán usar los prestadores en Mendoza
Turismo aventura qué vehículos podrán usar los prestadores en Mendoza
El turismo aventura podría tener un nuevo marco para los vehículos que utilizan los prestadores durante sus actividades en Mendoza. Un proyecto de ley presentado por el senador provincial Leonardo Yapur, de Cambia Mendoza, recibió despacho favorable en la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado y propone incorporar la figura de los vehículos de apoyo a la normativa turística vigente.
La iniciativa apunta a ordenar una modalidad de transporte que cumple un papel importante en actividades que muchas veces se desarrollan en zonas naturales alejadas de los centros urbanos y con condiciones geográficas que requieren asistencia logística. Estos vehículos pueden utilizarse para trasladar personas que contrataron los servicios, transportar equipamiento, abastecer a los grupos y brindar asistencia durante las distintas propuestas de turismo aventura.
El proyecto plantea incorporar el artículo 71 bis a la Ley Provincial 9086 y reconocer a estas unidades como una subcategoría específica dentro del servicio de transporte contratado turístico. La intención es diferenciarlas de otros vehículos destinados al transporte comercial o recreativo y establecer reglas claras para su registración, identificación y funcionamiento.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa establece que los vehículos de apoyo deberán estar identificados y registrados ante la autoridad de aplicación, además de contar con cédula de identificación, seguro obligatorio y revisión técnica obligatoria vigentes.
También se fija una antigüedad máxima de 20 años para las unidades que sean utilizadas en estas actividades. A su vez, la autoridad de aplicación podrá establecer requisitos operativos adicionales de acuerdo con las características de cada modalidad de turismo aventura, una posibilidad que busca adaptar la normativa a las distintas actividades que se realizan en la provincia.
La propuesta no apunta únicamente a ordenar la documentación de los vehículos, sino también a facilitar las tareas de control y fiscalización. Desde los fundamentos del proyecto se sostiene que contar con una categoría específica permitirá determinar con mayor claridad qué unidades están habilitadas y bajo qué condiciones pueden prestar asistencia a los turistas.

Otro de los puntos que establece el proyecto está relacionado con los lugares donde podrán utilizarse estos vehículos. Las unidades de apoyo quedarán vinculadas exclusivamente a las zonas, circuitos o áreas geográficas que hayan sido previamente habilitadas o autorizadas por el EMETUR para el desarrollo de actividades de turismo aventura.
De aprobarse la iniciativa, los vehículos podrán cumplir distintas funciones durante las excursiones, desde el traslado de pasajeros hasta tareas de logística, asistencia operativa, transporte de equipos y abastecimiento, siempre dentro de los espacios autorizados.
El proyecto surgió a partir de la necesidad de adaptar la normativa a una actividad que tiene un fuerte desarrollo en distintos puntos de Mendoza, especialmente en zonas como San Rafael, Malargüe y la alta montaña. En estos lugares, los vehículos de apoyo cumplen una función que puede resultar clave por las características de los recorridos y la distancia respecto de los centros urbanos.
Ahora, con el despacho favorable de comisión, la iniciativa deberá continuar su recorrido legislativo. El objetivo es que una actividad que cada vez tiene mayor presencia dentro de la oferta turística provincial cuente con reglas específicas para los vehículos que acompañan a los visitantes y que esas unidades puedan ser controladas bajo parámetros claros de seguridad.