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Los requisitos exluyentes para acceder a la baja de retenciones al campo y a las economías regionales

El Gobierno oficializó la medida de baja de retenciones al campo y a las economías regionales a través de un decreto. Los requisitos que debe cumplir el campo.

El Editor Mendoza | ElEditor Mendoza
Por ElEditor Mendoza
27 de enero de 2025 - 09:00

El Gobierno nacional oficializó este lunes la medida anunciada el viernes por el Ministro de Economía, Luis Caputo, que consiste en la baja de retenciones al campo y a las economías regionales. El decreto publicado en el Boletín Oficial detalla los requisitos que deben cumplir para poder acceder al beneficio.

La medida, que lleva la firma del presidente, Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo, estará vigente hasta el próximo 30 de junio y tendrá exigencias que los interesados en acceder deberán cumplir.

En concreto, las empresas que vendan al exterior deberán adherirse al régimen a través de los mecanismos que establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), confeccionar una nueva declaración jurada con los volúmenes y, luego, liquidar al menos el 95% de lo declarado en 15 días hábiles a partir de la publicación de este decreto.

Vencido el plazo o de no cumplimentarse lo previsto, deberá tributarse la alícuota del derecho de exportación que corresponda a la posición arancelaria de que se trate, vigente el día anterior al de la entrada en vigencia de la presente medida.

"El tratamiento arancelario establecido será de aplicación efectiva respecto de quienes presenten las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) o bien oficialicen el permiso de embarque, según corresponda, desde la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 30 de junio del año 2025, inclusive", detalla el decreto.

Además, aclara que en caso de incumplimiento de las previsiones dispuestas, "ello dará lugar a la obligación de integrar el derecho de exportación que debiera haberse abonado sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder en virtud de la legislación aplicable al efecto".

Baja de retenciones: el decreto

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