Una resolución judicial en respuesta a un hábeas corpus colectivo presentado por un grupo de internos suspendió en las ultimas horas la aplicación de una medida que disponía el retiro de teléfonos celulares de las cárceles de Boulogne Sur Mer y San Felipe.
Se trata de una medida dictada por el juez de ejecución penal Sebastián Sarmiento que ordenó detener el retiro de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos en mencionadas cárceles ubicadas en la capital provincial, en respuesta a la presentación de un grupo de internos, que argumentaron que el Servicio Penitenciario no garantizaba el acceso mínimo al derecho a la comunicación.
Sarmiento dio lugar parcialmente al habeas corpus presentado y la resolución declara el “incumplimiento material” de una orden previa, dictada el 13 de marzo, en la que el mismo juez había intimado al Servicio Penitenciaria a garantizar el uso de dispositivos tecnológicos para las personas privadas de libertad.
Cuestionó que no se cumple la proporción mínima exigida de celulares
Según el juez "no surge acreditación alguna de que se haya cumplido con la proporción mínima exigida de un dispositivo tecnológico por cada 200 personas privadas de libertad en los complejos penitenciarios de Boulogne Sur Mer y San Felipe".
Destacó también que el Servicio Penitenciario reconoce que aún se encuentra en trámite la adquisición de nuevos dispositivos, la reglamentación del procedimiento de videollamadas y la ejecución del convenio con la empresa prestataria", sostuvo el juez en su escrito.
El magistrado también cuestionó que "tampoco se verifica que los dispositivos disponibles reúnan las condiciones técnicas mínimas exigidas en cuanto a privacidad, funcionalidad, accesibilidad y disponibilidad".
Ordenó la suspensión transitoria del retiro de de celulares
El magistrado ordenó "la suspensión transitoria" de la resolución que ordena el retiro de teléfonos celulares, en las dos cárceles, "hasta tanto se garantice el cumplimiento de los estándares técnicos y proporcionales establecidos judicialmente".
El juez Sarmiento intimó al Servicio Penitenciario para que, en el plazo de 20 días hábiles, presente un informe actualizado y detallado que acredite la cantidad actual de dispositivos habilitados para videollamadas o videoconferencias, su ubicación, funcionamiento, condiciones técnicas, accesibilidad y modalidad de uso. Además fijó una audiencia de seguimiento para el 21 de mayo en la sede del Polo Judicial.