La Justicia Federal de Mendoza condenó a un empleado de la Universidad Nacional de Cuyo a la pena de cuatro meses de prisión por el delito "de abuso de autoridad" cometido "en contexto de violencia de género" en perjuicio de otra trabajadora, que lo denunció en 2020 por acoso sexual y hostigamiento.
Se trata de una causa iniciada hace cinco años por una ex empleada, que denunció sufrir acoso sexual y hostigamiento por parte del trabajador con un alto cargo en la Secretaría de Extensión y Vinculación del Rectorado de la mencionada casa de estudios, hechos que comenzaron en 2018 y, según la denuncia, se profundizaron durante el aislamiento por la pandemia, cuando el acosador nunca registró los límites que le puso la mujer.
En la causa se le atribuye al condenado "haber violado arbitrariamente la ley a través del empleo de la autoridad en su trato hacia A.D.L., empleada de la Secretaría de Extensión y Vinculación del Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo, mediante la realización de diversos actos de poder", entre los que menciona "conductas de hostigamiento, persecución, amedrentamiento e invasión del espacio personal, utilizando su posición laboral como empleado de la Universidad Nacional de Cuyo para someter y perjudicar a una mujer (también empleada), infringiendo los deberes de funcionario público".
La hostigó por su condición de mujer
"A su vez, incumplió la prohibición de desarrollar acciones de discriminación por razón de sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, en virtud de que la hostigó por su condición de mujer", detalla.
El fallo dictado el 27 de marzo pasado por el Juez Federal Subrogante Pablo Oscar Quirós, que aun no está firme, condena al empleado a "cuatro meses de prisión con los beneficios de la condena condicional e inhabilitación especial por doble tiempo por considerarlo penalmente responsable del delito de abuso de autoridad (art. 248 del Código Penal) l cometido en contexto de violencia de género".
El empleado se encuentra actualmente en su puesto de trabajo y fuentes de la casa de altos estudios, dijeron a ElEditor que “por el momento la Universidad no fue notificada de la sentencia” y añadieron que “una vez recibida la misma, el área de legales analizará los detalles para actuar a consecuencia”.
El fallo destaca tratados internacionales contra la violencia de género
En tanto, los fundamentos del fallo, que fueron publicados a principios de abril, se menciona que “la situación sufrida por la víctima es claramente una situación de acoso sufrida dentro del ámbito laboral toda vez que la única instancia de relación entre víctima y victimario no es más que esa; siendo la relación de jerarquía ostentada en el ámbito laboral por el acusado, de la cual se valió para acosarla".
Además, el juez dispuso que la resolución sea publicada una vez que esté firme, en el Centro de Información Judicial y en la Oficina de la Mujer, dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
También se pidió se remita la sentencia al Ministerio de Educación de la Nación para “que adopte el programa o un curso permanente y obligatorio dirigido a todos los niveles por las Universidades Nacionales sobre derechos humanos y género, violencia laboral y sexual, superación de estereotipos sobre el rol social de las mujeres; incluyendo la sentencia en dichos cursos, la normativa nacional y los tratados internacionales mencionados (Belem Do Pará, CEDAW y la Convención de la OIT)”.
El fallo no solo reconoce la gravedad de la situación, sino que también establece un precedente importante en el ámbito laboral y universitario, con medidas ejemplares que podrían sentar jurisprudencia, detallaron fuentes cercanas al causa.