Tras una semana de asambleas en hospitales, centros de salud y dependencias públicas, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) llevó a la Suprema Corte una denuncia por la presunta inconstitucionalidad de la reforma al Estatuto del Empleado Público, impulsada por Alfredo Cornejo y avalada en la Legislatura con los votos del oficialismo. La reforma ataca los principios basales del trabajo de los agentes públicos como la estabilidad, la antigüedad y las indemnizaciones, entre otros puntos que son tutelados por la Constitución Nacional y por la Carta Magna provincial.
La ley, que modificó el decreto ley 560/73, fue calificada por ATE como “una reforma laboral inconstitucional en contra de los trabajadores” que profundiza la precarización en el empleo estatal. “El proyecto legaliza la exclusión de miles de trabajadores de derechos básicos como la estabilidad, la antigüedad y la defensa frente a sanciones”, denunció el secretario general del gremio, Roberto Macho.
"Es ilegítima, ilegal, inconstitucional y le saca derechos históricos de los trabajadores", agregó el líder de ATE.
La figura del “personal interino”: eje del conflicto
Uno de los puntos más controvertidos de la ley es la creación del “personal interino”, una nueva categoría laboral que, según el artículo 4 bis, no goza de estabilidad. Esto habilitaría despidos sin causa, sin indemnización y sin posibilidad de reinstalación. Además, el artículo 9 niega el reconocimiento de antigüedad a quienes han trabajado durante años bajo contratos temporarios, locaciones o como monotributistas.
En Mendoza, más de 2.000 trabajadores del sistema de salud quedarían encuadrados en esta figura. “Lejos de regularizar a quienes cumplen funciones permanentes, la reforma consolida un sistema dual: unos pocos con estabilidad y miles precarizados”, advirtió Macho.
Recortes, indemnizaciones y limitación al derecho a la defensa
La reforma también modifica el régimen indemnizatorio. Actualmente, la compensación por despido varía según la antigüedad: 100% del último salario para quienes tienen menos de 10 años de servicio, 150% entre 10 y 20 años, y 200% para más de 20 años. La nueva ley impuso un cálculo uniforme del 100%, lo que implicaría una pérdida de hasta el 50% para los trabajadores más antiguos.
Por otro lado, el artículo 50 establece que, incluso si un despido es declarado nulo, el trabajador no podrá reclamar los salarios caídos durante el proceso judicial. El artículo 53 limita la posibilidad de impugnar sanciones menores —como apercibimientos o suspensiones de hasta 15 días— salvo que se demuestre abuso de poder, lo que podría abrir la puerta a cesantías encubiertas.
El siguiente cuadro resume los puntos centrales del Proyecto (convertido en ley) y las objeciones de los gremios:
Ataque a la Constitución
ATE sostiene que la reforma vulnera el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 30 de la Constitución de Mendoza, ambos garantes de la estabilidad en el empleo público. La Corte Suprema ha establecido que dicha estabilidad no solo protege el puesto de trabajo, sino también las condiciones en que se desarrolla, impidiendo modificaciones arbitrarias por parte del Estado.
“El proyecto vulnera principios constitucionales, consolida la precarización y habilita despidos sin causa. Así como está, no pasa”, concluyó Macho, en una semana que dejó al descubierto la creciente tensión entre el gobierno provincial y los trabajadores estatales.
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Embed - ATE multiplica las asambleas en Mendoza, más organización y lucha contra el atropello del Gobierno