El proyecto de reforma del Estatuto del Empleado Público, presentado por el gobernador Alfredo Cornejo e ingresado a comisiones legislativas, desató una ola de rechazo gremial y jurídico. La iniciativa modifica la Ley 560/73 y afecta a más de 100 mil trabajadores estatales, desde docentes y celadores hasta personal de salud, judiciales, administrativos y contratados. Gremios como ATE, SITEA, AMPROS y Autoconvocados del Hospital Central advierten que se trata de una “reforma laboral encubierta”, regresiva e inconstitucional, que vulnera pilares como la estabilidad, la antigüedad y el derecho a defensa.
La iniciativa, que modifica la Ley 560/73, fue calificada por gremios y especialistas como una “reforma laboral encubierta”, regresiva e inconstitucional. Su impacto alcanza a más de 100 mil trabajadores porque no sólo crea una nueva forma de ingresar a planta sino que cambia las condiciones de despidos e indemnizaciones.
A continuación, los cinco puntos principales de la reforma que plantea Cornejo:
1. Legalización de la precarización: nace el “interino sin derechos”
Uno de los puntos más controvertidos es la creación del “personal interino”, una figura que, según el artículo 4 bis del proyecto, “no goza de estabilidad propia”. Esto implica que podrá ser despedido sin causa, sin indemnización y sin derecho a reinstalación, incluso si el despido es declarado nulo.
El texto oficial lo define así:
“El personal interino no goza de estabilidad propia, por lo que podrá ser cesado sin necesidad de sumario previo ni derecho a indemnización ni a reinstalación.”
ESTATUTO EMPLEADOS PUBLICOS ITURBE BLAS
Las referentes gremiales Claudia Iturbe, Raquel Blas y Uma Flores rodearon a los enviados de Cornejo para defender el proyecto reformista.
Victoria Pavez Morales
2. Antigüedad cero: borrado de trayectorias laborales
El artículo 9 del proyecto establece que los trabajadores que ingresen como interinos no tendrán reconocida ninguna antigüedad previa, incluso si llevan años prestando servicios en el Estado bajo figuras contractuales. En la práctica, un prestador de salud con diez años de trabajo pasaría a ser interino con antigüedad cero.
El texto lo explicita:
“El personal interino no tendrá derecho al cómputo de antigüedad previa a su designación como tal, cualquiera sea la modalidad de prestación anterior.”
Esta disposición desconoce la realidad laboral de miles de trabajadores y vulnera principios constitucionales, legales y humanos. El trabajo realizado no solo es ignorado, sino que se lo trata como inexistente, negando años de servicio y compromiso con el sistema público.
3. Castigo sin defensa: cesantías encubiertas y sanciones sin apelación
El artículo 53 impide impugnar sanciones de hasta 15 días, lo que habilita cesantías encubiertas. El propio Estatuto establece que más de quince días de suspensión en seis meses es causal de despido. Así, bastaría con que un superior jerárquico aplique dos sanciones de siete días —sin posibilidad de impugnación— para que el trabajador quede en situación de cesantía.
El proyecto lo establece con claridad:
“No serán recurribles las sanciones disciplinarias de suspensión de hasta quince (15) días, salvo que se alegue y acredite abuso de poder, discriminación o violación de derechos fundamentales.”
4. Fin de los salarios caídos e indemnización recortada
El artículo 50 introduce una limitación grave: aun cuando un despido sea declarado nulo por vía administrativa o judicial, el trabajador no tendrá derecho a percibir los salarios caídos durante el proceso. Esto implica que, incluso si se demuestra que el despido fue arbitrario, el Estado no deberá pagar los sueldos retenidos ilegítimamente.
“La declaración de nulidad del acto de cesantía no generará derecho a percibir los salarios caídos, salvo que se acredite que la cesantía fue consecuencia de persecución sindical o discriminación.”
Además, el artículo 5 modifica el régimen indemnizatorio previsto en el Estatuto. Actualmente, la indemnización por eliminación de dependencia se calcula como un mes de sueldo por cada año de servicio, con una escala que reconoce la antigüedad. El proyecto elimina esta escala y fija el cálculo en el 100% del último salario para todos los casos.
“La indemnización será equivalente al cien por ciento (100%) del último haber mensual percibido, cualquiera sea la antigüedad del agente.”
Esto representa una pérdida de hasta el 50% para quienes han dedicado décadas al servicio público.
5. Reforma transversal
El Estatuto funciona como norma supletoria en múltiples regímenes laborales, por lo que su modificación impacta transversalmente en todos los sectores. Docentes, celadores, personal de salud, judiciales, administrativos, policías, penitenciarios y contratados quedan expuestos a un nuevo marco de inestabilidad.
Gremios como AMPROS, SITEA, Sipes, Autoconvocados del Hospital Central y ATE advirtieron que el proyecto consolida un modelo de precarización estructural, elimina derechos adquiridos y vulnera principios constitucionales básicos como la estabilidad laboral, la antigüedad y el derecho a defensa.