Esta semana desembarca en comisiones de la Legislatura un proyecto de ley de Alfredo Cornejo para reformar el Estatuto del Empleado Público que puso en alerta a gremios y trabajadores: crea los pase a planta interinos quitándoles la antigüedad y estabilidad laboral. La iniciativa oficial propone modificar la Ley 560/73, que rige las condiciones laborales del personal estatal, introduciendo cambios que han sido calificados por sindicatos y especialistas como una reforma laboral regresiva, inconstitucional y profundamente lesiva para los derechos adquiridos por los trabajadores públicos.
La figura del interino: ¿Inconstitucional?
Uno de los puntos más controvertidos del proyecto es la creación de la figura del “personal interino”. Según el artículo 4 bis del texto presentado, este nuevo tipo de trabajador “no goza de estabilidad propia”, lo que implica que podrá ser despedido sin causa justificada, sin indemnización y sin derecho a reinstalación.
La Constitución Nacional, en su artículo 14 bis, y la Constitución de Mendoza, en su artículo 30, garantizan la estabilidad en el empleo público como un derecho fundamental. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que esta estabilidad no solo protege el puesto de trabajo, sino también las condiciones en que se desarrolla, impidiendo modificaciones arbitrarias por parte de la administración.
Antigüedad cero
El artículo 9 del proyecto establece que los trabajadores que ingresen como interinos no tendrán reconocido ningún día de antigüedad previa, incluso si llevan años prestando servicios en el Estado bajo figuras contractuales precarias. En la práctica, un prestador de salud con cinco o diez años de trabajo en la misma dependencia pasaría a ser interino con antigüedad cero.
Esta disposición desconoce la realidad laboral de miles de trabajadores y vulnera principios constitucionales, legales y humanos. El trabajo realizado no solo es ignorado, sino que se lo trata como inexistente, negando años de servicio y compromiso con el sistema público. Esta disposición desconoce la realidad laboral de miles de trabajadores y vulnera principios constitucionales, legales y humanos. El trabajo realizado no solo es ignorado, sino que se lo trata como inexistente, negando años de servicio y compromiso con el sistema público.
Sanciones sin defensa y cesantías encubiertas
Otro aspecto preocupante del proyecto es la modificación del artículo 53 del Estatuto, que establece que las sanciones de apercibimiento y suspensión de hasta 15 días “no son admisibles de impugnación”, salvo que se demuestre abuso de poder.
Esta cláusula elimina el derecho a defensa frente a sanciones menores, que pueden acumularse y derivar en cesantías. El propio Estatuto establece que más de quince días de suspensión en seis meses es causal de despido. Así, bastaría con que un superior jerárquico aplique dos sanciones de siete días —sin posibilidad de impugnación— para que el trabajador quede en situación de cesantía.
Salarios caídos durante la cesantía
El artículo 50 del proyecto introduce una limitación grave: aun cuando un despido sea declarado nulo por vía administrativa o judicial, el trabajador no tendrá derecho a percibir los salarios caídos durante el proceso. Esto implica que, incluso si se demuestra que el despido fue arbitrario, el Estado no deberá pagar los sueldos retenidos ilegítimamente.
La situación es aún más grave para los interinos, ya que el proyecto establece que no tendrán derecho a la reinstalación, incluso si logran un fallo favorable. En casos de persecución sindical o despidos sin causa, el trabajador interino quedaría completamente desprotegido.
Dice textual el artículo:
Si fuere revocada en sede administrativa o anulada judicialmente la baja o cesantía del agente efectivo o interino, tendrá derecho a ser restablecido en su cargo y función, pero no procederá el reconocimiento de salarios caídos, ni el pago de remuneraciones u otras asignaciones que no tengan su contrapartida en servicios efectivamente prestados. Si fuere revocada en sede administrativa o anulada judicialmente la baja o cesantía del agente efectivo o interino, tendrá derecho a ser restablecido en su cargo y función, pero no procederá el reconocimiento de salarios caídos, ni el pago de remuneraciones u otras asignaciones que no tengan su contrapartida en servicios efectivamente prestados.
Recorte de indemnizaciones
El artículo 5 modifica el régimen indemnizatorio previsto en el Estatuto. Actualmente, la indemnización por eliminación de dependencia se calcula como un mes de sueldo por cada año de servicio, con una escala que reconoce la antigüedad:
- 100% del último salario si tiene menos de 10 años,
- 150% si tiene entre 10 y 20 años,
- 200% si supera los 20 años.
El proyecto elimina esta escala y fija el cálculo en el 100% del último salario para todos los casos, sin importar los años trabajados. Esto representa una pérdida de hasta el 50% de la indemnización para quienes han dedicado décadas al servicio público.
En este cuadro se resumen los principales puntos del proyecto:
La oposición advierte por la estabilidad constitucional del empleo público
El diputado José Luis Ramón (Protectora) cuestionó sobre el proyecto: “Van a legitimar por ley lo que viene ocurriendo con fallos de la Suprema Corte”, otorgando indemnizaciones sin sentencia judicial y sin reconocer la estabilidad del empleo público.
“Están obviando el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y tratados internacionales. Lo provisorio se vuelve patrimonial, pero sin derechos. Para aprobar esto deberían reformar la Constitución”, advirtió. Ramón acusó al gobierno provincial de “no llamar a concurso” y de usar la ley para “condenar a los trabajadores a la inestabilidad”.
En tanto Lautaro Jiménez (referente del FIT) denunció que la reforma “elimina ni más ni menos que la estabilidad laboral prevista en la Constitución Nacional y Provincial”. Con la figura del “personal interino”, se crea “una doble escala de trabajadores”, donde quienes no acceden a planta permanente quedan “sin indemnización, antigüedad ni defensa ante sanciones”. Para Jiménez, se trata de “una reforma laboral regresiva que precariza al personal estatal para recortar gastos”, alineada con “el plan de ajuste y corrupción de la Casa Rosada".
Protesta gremial
Frente a la discusión legislativa que arranca en comisiones, el Sindicato Provincial de Estatales de la Salud (SIPES) convocó a protestar en la Casa de las Leyes desde las 9.30 "para defender la estabilidad, la antigüedad, el derecho a defensa y la indemnización justa".
Por otra parte, desde el gremio de los profesionales de la salud, AMPROS, señalaron que están analizando el proyecto que "sería inconstitucional". Referentes de ese sindicato también estarán este martes en la Legislatura.
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