Protagonizó un accidente fatal.

Condenan a 8 años y 6 meses de prisión al primer automovilista juzgado por un jurado popular en Mendoza

El hombre había sido declarado "culpable" días atrás en un juicio por jurados por el delito de "homicidio simple con dolo eventual".

El Editor Mendoza | Etel Pringles
Por Etel Pringles
11 de marzo de 2025 - 12:42

Un juez le impuso la pena de 8 años y 6 meses de prisión a un conductor, que alcoholizado, protagonizó un accidente fatal en 2023, en el que murió una joven en Las Heras y por el cual fue declarado "culpable" días atrás por un jurado popular. Se trató del primer automovilista que enfrentó un debate de esas características, tras la ampliación de la ley el año pasado.

Se trata de Aldo Javier Soto Jurado, quien llegó a esta instancia penal acusado por "homicidio simple con dolo eventual", en perjuicio de Luciana Nerea Monardez, de 25 años, y de lesiones graves dolosas, con respecto a otros dos motociclistas. Las audiencias fueron presididas por el juez técnico Luis Correa Llano, quien esta mañana le impuso la mencionada pena a la que se le sumó 6 años de inhabilitación para conducir vehículos.

El 28 de febrero tras el veredicto de culpabilidad por unanimidad del jurado integrado por doce personas, Correa Llano -que condujo el debate- convocó a una nueva audiencia de cesura para hoy donde se fijó la pena a cumplir por el condenado.

Según detallaron las fuentes, tanto la fiscalía como la querella habían pedido 10 años de prisión.

Se trató del primer debate con participación ciudadana en el que se juzgo un delito de homicidio simple con dolo eventual, en contexto de un accidente de tránsito, luego de que en junio del año pasado la Cámara de Senadores diera sanción final a un proyecto que amplía el alcance de los juicios por jurado. Esta modificación a la Ley 9.016 busca profundizar este mecanismo judicial, que está vigente desde octubre de 2018.

Debate en el Polo Judicial

La discusión en el debate rondó en torno a qué tipo de delito se estaba juzgando: "homicidio simple con dolo eventual", que tiene una pena de entre 8 y 25 años de prisión, u "homicidio culposo", que prevé pena de prisión de hasta cinco años.

El primero se aplica cuando, para la Justicia, una persona tuvo que haberse representado que, al realizar una determinada acción, podría ocasionarle la muerte a alguien y, pese a prever ese posible resultado, continuó con su accionar y no hizo nada para evitarlo, mientras que el segundo, rige cuando la muerte de una persona resulta de la imprudencia, negligencia o falta de cuidado del culpable.

Cómo ocurrió el accidente vial

El siniestro vial ocurrió cerca las 7.30 del 28 de noviembre del 2023, cuando el imputado circulaba a contramano en un Peugeot 207, por calle Paso Hondo del distrito El Algarrobal, perteneciente al departamento de Las Heras. El conductor, que circulaba con 2, 28 de alcohol en sangre, impactó de frente a una Honda Wave 110cc, en la que viajaban Monardez y un amigo, identificado como Franco Flores, que la conducía e iban en sentido contrario.

Tras este primer impacto, Soto continuó su trayecto hacia el Norte, chocó contra otro motociclista identificado como Pablo Gutiérrez, a bordo de una motocicleta marca Gilera. Tanto Flores como Gutiérrez sufrieron graves heridas de diversa consideración.

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