La Justicia de Mendoza volvió a condenar con prisión efectiva a un manifestante por participar en una protesta callejera. El Primer Juzgado Penal, a cargo de la jueza Natacha Cabezas, sentenció a Alejandro Ezequiel Ladino Cortinez a tres meses de cárcel por haber obstruido el tránsito durante una manifestación el pasado 11 de junio en el departamento Las Heras.
El fallo, que además declara a Ladino reincidente, fue resultado de un juicio abreviado acordado entre el fiscal Fernando Giunta y la defensa, y encendió nuevas alarmas sobre el avance de una judicialización creciente de la protesta social en la provincia.
Una protesta convertida en delito penal
El hecho juzgado ocurrió cuando unas 50 personas realizaron una movilización y cortaron la calle San Martín de Las Heras, utilizando ramas, escombros y fuego para visibilizar reclamos. Según el Ministerio Público Fiscal, la protesta se mantuvo pese a la intervención de mediadores del Ministerio de Seguridad, por lo que se ordenó la acción del grupo de Infantería para despejar la vía y detener a los manifestantes.
Ladino fue uno de los aprehendidos y, ahora, enfrenta una pena de prisión efectiva por ejercer su derecho a manifestarse, en un contexto donde se multiplican las demandas sociales por la situación económica.
Es la segunda condena de este tipo en Mendoza, luego de la impuesta en 2024 por la jueza Mirna Montaldi contra el activista Martín Rodríguez, también por participar en una protesta.
Denuncian criminalización de la protesta
Aunque desde el Poder Judicial se enmarcan estas decisiones como sanción a conductas que afectan el orden público, organizaciones sociales y de derechos humanos denuncian un avance preocupante en la criminalización de la protesta, especialmente en contextos de vulnerabilidad social.
“Se está utilizando el aparato penal para disciplinar la protesta y generar miedo. Estas condenas tienen un claro efecto aleccionador sobre los sectores populares que se movilizan por condiciones básicas de vida”, advirtieron desde un colectivo de abogadas independientes.
La decisión judicial contrasta con pronunciamientos de organismos internacionales de derechos humanos como la CIDH y Amnistía Internacional, que han señalado en reiteradas ocasiones que el corte de calles es una forma legítima de protesta cuando otros canales institucionales están bloqueados o son ineficaces.