Reforma del Código Contravencional.

Cornejo elige la vía punitiva: los 5 artículos para penalizar a las familias por bullying en las escuelas

Cornejo impulsa una nueva reforma para endurecer el Código Contravencional. Pretende desplazar "el paradigma de la victimización" por la "responsabilización.

El Editor Mendoza | Gabriela Valdés
Por Gabriela Valdés
30 de septiembre de 2025 - 07:48

El Poder Ejecutivo envió a la Legislatura un proyecto de ley que reforma el Código de Contravenciones para incorporar la “responsabilidad parental por acoso escolar”. La iniciativa, que lleva la firma del gobernador Alfredo Cornejo y del ministro de Educación, Tadeo García Zalazar, propone sancionar con trabajo comunitario o multas a los padres, tutores o responsables legales cuyo hijo cometa actos de bullying, alegando una omisión en su “deber de vigilancia, orientación y cuidado”.

Aunque en los considerandos habla de enfocar "en la educación y en "crear conciencia", rápidamente cambia el foco:

La modificación del paradigma de la victimización y su desplazamiento a la responsabilización conduce a un cambio de percepción de la vida y las circunstancias. Cuando somos capaces de incorporar razonamientos responsabilizantes, los mismos nos conducen a decisiones sensatas, constructivas y razonables. Las cuales nos aportan altos niveles de satisfacción y dignidad, señala el proyecto. La modificación del paradigma de la victimización y su desplazamiento a la responsabilización conduce a un cambio de percepción de la vida y las circunstancias. Cuando somos capaces de incorporar razonamientos responsabilizantes, los mismos nos conducen a decisiones sensatas, constructivas y razonables. Las cuales nos aportan altos niveles de satisfacción y dignidad, señala el proyecto.

Y agrega: "La sanción del trabajo comunitario se considera una medida ejemplarizante que, además de penalizar, busca crear conciencia sobre el impacto negativo del bullying y fomenta la participación de los adultos en la construcción de una comunidad más segura y respetuosa".

Sanciones a las familias

El anuncio de la reforma no surgió de un debate pedagógico prolongado, sino de la urgencia política que generó un episodio crítico. “El caso nos debe llamar a la reflexión” y “excede a la escuela”, declaró García Zalazar el mismo día del hecho, flanqueado por la ministra de Seguridad, Mercedes Rus, en Casa de Gobierno.

En esa misma conferencia, el titular de la cartera educativa adelantó el eje de la futura norma. “Vamos a proponer una reforma del Código Contravencional de la Provincia en materia específica de algunos tipos de casos donde hay bullying y ver qué corresponsabilidad les cabe a la familia y a los padres. No es solo responsabilidad de la escuela de 8 a 13. Hay cosas que necesitamos de la primera educadora que es la familia”, sostuvo.

El mensaje fue claro: el Estado provincial intervendrá, mediante una herramienta sancionatoria, en la esfera familiar cuando considere que los adultos no están cumpliendo con su rol. El proyecto de ley, fechado el 29 de septiembre de 2025, es la materialización de esa promesa.

El articulado del proyecto

El expediente 82327/2025 propone incorporar cinco nuevos artículos al Título III del Código de Contravenciones, bajo el paraguas de las “Contravenciones contra la moralidad, buenas costumbres, solidaridad y educación”.

El Artículo 100 bis establece el núcleo de la falta: la “omisión del deber de vigilancia” por parte de los padres cuando un menor a su cargo cometa actos de acoso escolar “causando daño físico, psicológico o emocional a otro menor en el ámbito educativo o social”. El Artículo 100 bis establece el núcleo de la falta: la “omisión del deber de vigilancia” por parte de los padres cuando un menor a su cargo cometa actos de acoso escolar “causando daño físico, psicológico o emocional a otro menor en el ámbito educativo o social”.

Antes de llegar a la vía judicial, el Artículo 100 ter prevé una “instancia previa” a cargo de las autoridades escolares. Estas deberán aplicar un protocolo con equipos interdisciplinarios. Solo si los adultos responsables no asisten o incumplen los compromisos acordados, el caso se derivará a un Juzgado Contravencional.

Las sanciones, detalladas en el Artículo 100 quater, son de trabajo comunitario por un período de cinco (5) a cincuenta (50) días. Alternativamente, el juez podrá aplicar una “multa de 500 UF a 5000 UF” (Unidades Fijas), según la gravedad.

articulo 100 cuater

El proyecto prevé un agravante en caso de reincidencia. El artículo 100 quinquies indica que el juez podrá duplicar la sanción e imponer, además, la “obligatoriedad de la asistencia a talleres de parentalidad o terapia familiar”.

Finalmente, el Artículo 100 sexties establece que los fondos recaudados por multas se destinarán a un fondo provincial para la prevención y asistencia de víctimas de acoso.

La larga sombra de las reformas punitivas

La iniciativa no para endurecer el Código de Contravenciones se inscribe en una línea de acción gubernamental que ha priorizado la ampliación del poder punitivo del Estado. Según el último informe anual de la Asociación de Derechos Humanos Xumek, desde el inicio de la primera gobernación de Alfredo Cornejo en 2015, se han aprobado más de 25 reformas legislativas en materia penal, todas orientadas a potenciar las facultades sancionatorias de las agencias estatales.

Un antecedente inmediato y emblemático fue la reforma del Código de Contravenciones a mediados de 2024. Con el aval de la Legislatura, el oficialismo introdujo la figura de la “reiterancia”, una herramienta que permite a los fiscales encarcelar a quienes protestan en las calles bajo el argumento de la reincidencia. Esa modificación fue ampliamente criticada por organizaciones sociales y gremiales, que la señalaron como un instrumento para criminalizar la protesta y perseguir a opositores.

El informe de Xumek, que incluye un capítulo firmado por el fiscal Ad-Hoc Pablo Garciarena que indaga al respecto, advierte que el programa político del oficialismo “se ve reforzado por mecanismos punitivos de control social y disciplinamiento”. El documento analiza cómo este diseño se ejecuta en “tándem” con el jefe de los fiscales, Alejandro Gullé, encumbrado por Cornejo, y detalla la “persecución penal por razones políticas a dirigentes sindicales, referentes sociales y ex legisladores”.

El castigo frente a un problema social complejo

Frente a este historial, la nueva reforma contra el bullying genera un doble análisis. Por un lado, el proyecto en sí mismo recoge principios pedagógicos modernos. Su exposición de motivos habla de un “enfoque educativo y preventivo”, de “hacer a los adultos corresponsables” y de “romper el ciclo de violencia desde el hogar”. La sanción de trabajo comunitario y los talleres obligatorios apuntan, en teoría, a una reparación pedagógica más que a un mero castigo.

No obstante, el contexto y la herramienta elegida –la modificación de un código sancionatorio flexibilizado para ampliar su alcance– arrojan sombras sobre su espíritu. Pero una mirada crítica permite ver la aplicación del mismo manual: la respuesta estatal a un conflicto social complejo, como lo es la violencia escolar y la crisis de salud mental juvenil, pasa por la vía contravencional.

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