A las urnas.

El Senado aprobó avanzar con la autonomía municipal: sorpresa entre los apoyos al proyecto de Cornejo

- El oficialismo en el Senado consiguió los votos para la autonomía municipal

- El proyecto se plebiscita en las urnas el próximo año

El Editor Mendoza | ElEditor Mendoza
Por ElEditor Mendoza
12 de mayo de 2026 - 14:58

La necesidad de reformar la Constitución provincial fue avalada por el Senado con 28 votos a favor y 10 en contra. Luego de un extenso debate en el recinto, y la votación, deberá ser el pueblo quien plebiscite la iniciativa. Si gana el SÍ, los municipios quedarán habilitados a avanzar en sus Cartas Orgánicas.

Los votos a favor para llegar a los dos tercios del total de las bancas, provinieron de los 19 radicales, además de los libertarios y Frente Patria, que integran Omar Parisi y Félix González. Mientras que en contra, votó el interbloque del PJ junto a los ex La Unión Mendocina, Dugar Chappel por el Partido Verde y el Partido Demócrata, con Armando Magistretti.

enmienda votacion
El Senado provincial le dio la media sanción restante al proyecto enviado por el Gobierno. 

El Senado provincial le dio la media sanción restante al proyecto enviado por el Gobierno.

Los detalles del proyecto

La reforma establece que cada municipio podrá dictar su propia Carta Orgánica y regula los alcances de esa autonomía, incluyendo límites y controles provinciales. También precisó que, en caso de que un municipio no avance con su Carta Orgánica, continuará rigiéndose por la Ley Orgánica vigente. Asimismo, señaló que se reglamenta la cuestión económico-financiera y la distribución de recursos, aunque los municipios no podrán cobrar impuestos.

La iniciativa incorpora referencias expresas al artículo 123 de la Constitución Nacional y establece pautas vinculadas a la organización institucional de los municipios. Entre los principales cambios, habilita a cada comuna a definir en su propia Carta Orgánica el sistema de renovación de los concejos deliberantes, eliminando la obligatoriedad vigente de renovar las bancas por mitades cada dos años.

Asimismo, el texto señala que la autonomía municipal deberá ejercerse dentro de los límites establecidos por la Constitución Provincial, manteniendo las facultades de control del Tribunal de Cuentas y la intervención del Fiscal de Estado sobre las administraciones municipales.

En materia tributaria, la norma establece que los municipios no podrán crear impuestos, quedando restringida su potestad a tasas retributivas de servicios, contribuciones por mejoras y derechos vinculados al uso del dominio público o al ejercicio del poder de policía.

Fin a la renovación de bancas cada dos años

Otro de los puntos contemplados es la posibilidad de que los municipios dicten sus propias Cartas Orgánicas mediante convenciones convocadas específicamente para ese fin, siguiendo los procedimientos previstos para las reformas constitucionales. En los casos en que no se avance en este mecanismo, continuará vigente la actual Ley Orgánica de Municipalidades.

Además, el proyecto incorpora de manera expresa la garantía de participación de los municipios en el régimen de coparticipación provincial, consolidando este esquema dentro del texto constitucional.

En los fundamentos de la iniciativa se sostiene que la reforma implica una adecuación del derecho público provincial a los lineamientos establecidos por la Constitución Nacional y busca, al mismo tiempo, establecer un marco uniforme para todos los municipios, evitando interpretaciones dispares que puedan generar desigualdades o conflictos institucionales.

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