Cuando el Gobierno creía tener aplacados los ecos del escándalo de la entrega de pozos de agua a Eduardo Elsztain y otros empresarios poderosos, una denuncia vuelve a irrumpir en el escenario. El jefe de Irrigación, Sergio Marinelli, otorgó en febrero nueve pozos para riego en la Subcuenca El Carrizal – margen derecha del río Mendoza, una zona declarada en restricción desde agosto de 2024 mediante la Resolución 1108, firmada por el propio funcionario. A contramano de informes técnicos, jurídicos y científicos que recomendaban mantener la restricción, se habilitó a poderosos empresarios a extraer agua de un acuífero considerado vulnerable.
Uno de los beneficiados fue Cresud SAFIC y A., del empresario Eduardo Elsztain (del poderoso Grupo IRSA, muy cercano al presidente Javier Milei), con 5 pozos para regar 424 hectáreas. Por la maniobra, un sector del PJ encaró un pedido de Jury para Marinelli.
Este jueves se sumó un nuevo capítulo al escándalo: el abogado y regante de la cuenca del río Mendoza, Marcelo Romano, presentó un recurso de inconstitucionalidad que podría convertirse en un punto de inflexión en la causa, o quedar en la nada como ocurre con expedientes contra el oficialismo.
La resolución de Irrigación impugnada
Romano no escatimó en calificativos contra la resolución de Irrigación: “Ilegal, injusta e insostenible”, dijo, al tiempo que acusó al organismo de priorizar intereses particulares por encima del bien común. “Autorizar pozos hoy significa hipotecar el agua del mañana”, advirtió.
Argumentos que apuntan al corazón del conflicto
El recurso presentado por Romano se apoya en cinco pilares que, según él, evidencian una grave vulneración de derechos:
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Violación constitucional: La resolución atentaría contra el derecho a un ambiente sano (artículo 41 de la Constitución Nacional) y el uso sustentable del agua, considerado un bien común.
Crisis hídrica ignorada: Informes del INA, la UNCuyo y la empresa israelí Mekorot alertan desde hace décadas sobre el agotamiento del acuífero. El propio DGI lo reconoció en documentos previos.
Arbitrariedad institucional: Apenas seis meses atrás, el mismo organismo había prohibido extracciones mediante la Resolución 1108/2024. ¿Qué cambió? Nada en los estudios, todo en la decisión política.
Falta de controles ambientales: No se realizó la Evaluación de Impacto Ambiental exigida por la Ley 5961, ni se convocó a audiencia pública ni se garantizó el acceso a la información.
Riesgo colectivo: Más de un millón de mendocinos podrían verse afectados por el deterioro de la Cuenca del Río Mendoza, con consecuencias en la producción agrícola, el empleo y la calidad de vida.
No hay ley pareja, dice la denuncia
Romano también apeló a una metáfora legal que expone la incoherencia normativa: “En Mendoza, la Ley 5961 obliga a que un supermercado de apenas 0,25 hectáreas presente un estudio de impacto ambiental. Sin embargo, esta resolución autoriza proyectos que afectan más de 590 hectáreas de riego agrícola sin exigir ese mismo control”.