Este miércoles en Diputados podría tratarse el proyecto presentado por Jorge Difonso (LUM) para interpelar al Ministerio Público Fiscal, que conduce Alejandro Gullé, por el rol de los fiscales en la detención de dos vecinos de Uspallata que protagonizaron protestas contra la mina San Jorge.
Se trata de un pedido de informe que busca arrojar luz sobre la actuación de los fiscales y las circunstancias que rodearon la detención de Mauricio Cornejo y Federico Soria, quienes fueron detenidos a instancias de una denuncia de Edgardo Vera, presidente de la Cámara de Proveedores Mineros de Uspallata, que se cayó por falta de pruebas.
La denuncia fue realizada a posteriori de incidentes en un local comercial de Vera el 24 de enero en Uspallata, quien admitió que fue incendiado no por asambleístas sino por personas que mantenían con él una vieja rencilla personal.
Fiscales contra asambleístas
En el caso de Mauricio Cornejo, el proyecto solicita al Ministerio Público Fiscal (MPF), manejado por Alejandro Gullé -designado por el gobernador en su primer mandato- que informe sobre la asistencia médica recibida durante su detención, especialmente considerando las heridas sufridas en un accidente.
Además, plantea la posibilidad de medidas de coerción menos lesivas, como la detención domiciliaria, y exige explicaciones sobre las razones detrás de la demora en evaluar su viabilidad.
En este caso puntual, el fiscal Juan Manuel Sánchez demoró más de tres semanas en pedir la domiciliaria, y lo hizo después de tres protestas y un informe médico que alertaba sobre la peligrosidad de las heridas del asambleísta.
Sánchez es fiscal interino y actuó, según dijo en las audiencias, bajo las órdenes del fiscal en jefe Sebastián Capizzi y la adjunta Paula Quiroga.
En cuanto a Federico Soria, el proyecto pide explicaciones sobre los motivos de su detención y la aplicación de la prisión preventiva, destacando que, según la normativa, podría haberse optado por una simple citación. Difonso también solicita detalles actualizados sobre los cargos que se le imputan y los procedimientos procesales pendientes.
"Estoy pidiendo que se trate sobre tablas, no que vaya a comisión, donde planchan todos los proyectos", señaló Difonso a ElEditor Mendoza.
Encarcelados por el artículo 213 Bis
A Soria y Cornejo la jueza Claudia Tula les aplicó el artículo 213 bis del Código Penal de la Nación, que reza:
Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación.
Es decir, apunta contra la Asamblea de Uspallata como organización e intenta endilgarles a Soria y a Cornejo la organización de una agresión que no existió como tal, sino que los vecinos, al revés, se defendieron del accionar de la UOCRA el 24 de enero, previa de una marcha contra San Jorge el 25.
Alfredo Guevara, abogado de Soria, evaluó al respecto que "la acusación fiscal está al revés de lo que muestran los videos. donde se ve que el grupo pequeño de asambleístas estaba en la vereda del local de Cornejo y vienen los de la UOCRA y los ataca. Los videos comprueban lo contrario de lo que dice el fiscal".
"Las detenciones son arbitrarias e ilegales, y está dispuesta por autoridad incompetente", sintetizó al respecto Guevara.