Supermiércoles minero: Diputados también avaló el protocolo para actuar en ambientes periglaciares
La Cámara de Diputados aprobó el paquete de leyes para destrabar la megaminería. El 9 de diciembre será el turno del Senado.
PorGabriela Valdés
27 de noviembre de 2025 - 07:49
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Malargüe Distrito Minero Occidental 2 fue aprobado por Diputados este miércoles.
Junto con los 27 proyectos que ampliaron Malargüe Distrito Minero aprobados este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó el protocolo para actuar en ambientes periglaciares. La "Guía de la Autoridad Ambiental Minera de Mendoza: Estudios de Glaciares y Ambiente Periglacial en Proyectos Mineros", es un manual de 10 páginas que establece el camino a seguir para caracterizar y, eventualmente, operar, en zonas con presencia de esas reservas hídricas.
El protocolo entrará en vigencia después de que el Senado ratifique la DIA de este paquete de proyectos que buscan cobre. El documento, al que ElEditor Mendoza accedió, fue elaborado para avanzar en el estudio de esos ambientes en el caso de que se superpongan con yacimientos, como ocurre en gran parte del territorio a explotar en Malargüe.
Propuesto por Impulsa
Tal como resumió la ministra JimenaLatorre en un plenario de comisiones de la Legislatura por la ampliación de Malargüe Distrito Minero, se trata de un protocolo de actuación que diseñó Impulsa, es decir el proponente de los proyectos mineros. "La Secretaría de Ambiente de la Nación instruye al IANIGLA para trabajar con nosotros", precisó la ministra. El IANIGLA es el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, que depende del Conicet.
Diputados rechazó un dictamen en minoría de José Luis Ramón que advirtió que el IANIGLA no fue escuchado. "El IANIGLA, como autoridad técnica en glaciología y periglaciarismo, es el órgano competente para la delimitación de áreas protegidas bajo la Ley 26.639. Sus dictámenes son vinculantes para la definición de zonas de exclusión minera", señala el dictamen rechazado por la fuerza abrumadora del oficialismo.
Indicó además este despacho:
El dictamen sectorial del IANIGLA no fue considerado de forma efectiva en los IIA
Se omiten glaciares registrados en el Atlas de Glaciares de Argentina
La caracterización del ambiente periglacial es general e insuficiente.
La información climática proviene de estaciones de baja altitud, inadecuadas para la zona de cordillera
No se incorpora el mapa obligatorio de zonas de exclusión y amortiguación, conforme al art. 6 de la Ley 26.639.
Según geógrafos consultados por este diario, "Impulsa armó el IIA del MDMO 1 y 2 considerando las geoformas relevadas en el Inventario Nacional de Glaciares. Pero el IANIGLA en su dictamen siguió el criterio mucho más amplio de considerar toda el área que por su altitud en Malargüe puede presentar no sólo esas geoformas, sino permafrost, que puede aportar agua en los términos de la ley 26.639. Se trata de un área no cartografiada aún". Para Latorre, el criterio de la altura es limitado, según dijo en la comisión, y el protocolo avanza en otros factores.
Apuntó también que "la Ley de Glaciares lleva 10 años sin ser reglamentada. Se hizo un inventario muy extenso de los glaciares pero en el IANIGLA no han podido culminar un inventario de zonas periglaciares. Qué mejor que la autoridad competente local trabaje con ellos para completar esa información".
Embed - Conferencia Jimena Latorre en la Legislatura - 17/11/25
“El Instituto desea aclarar que no ha sido informado ni consultado oficialmente sobre ninguna propuesta de modificación de esta Ley que pudiera haber sido mencionada o circulado en algunos medios de comunicación”, señalaron en un comunicado que busca despejar dudas y reafirmar el marco legal vigente.
La Ley 26.639, sancionada en 2010, “establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial en el territorio argentino”. Su objetivo principal, recuerdan desde el Instituto, es “la preservación de estas formaciones como reservas estratégicas de recursos hídricos, fundamentales para el consumo humano, la agricultura, la recarga de cuencas hidrográficas, la protección de la biodiversidad, la generación de información científica y el desarrollo turístico”.
Las mediciones que pide el protocolo
En la prospección, el titular del proyecto debe instalar estaciones meteorológicas que registren, al menos cada 30 minutos, temperatura, humedad, precipitación (diferenciando líquida de sólida) y viento. Paralelamente, debe elaborar un mapa geomorfológico a escala 1:10.000, identificando geoformas glaciares y periglaciares, y poner en marcha una red de monitoreo hídrico con al menos dos controles anuales de caudales y calidad de agua.
Cuando el proyecto avanza a la etapa de exploración, los requerimientos se intensifican. La guía exige la instalación de sensores de temperatura del suelo (tipo HOBO) enterrados a 20 cm de profundidad, distribuidos en distintas elevaciones y orientaciones.
La información sobre temperatura debe complementarse con series climáticas más extensas obtenidas mediante sensores remotos, con el fin de ubicar la isoterma de 0°C en tiempo y espacio. Finalmente, se requiere instalar un sensor de evaporación (o tanque clase A) y equipos como snow pillow o snow scale para medir el espesor efectivo de la nieve, cuya ubicación dependerá del relieve y la topografía del área de exploración.
El objetivo, se lee en el protocolo, es "definir el régimen de temperatura y poder determinar, a partir de datos de campo, la distribución del permafrost" (suelo permanentemente congelado). Estos datos deben recolectarse durante al menos dos, y preferentemente tres, años consecutivos.
Comisiones Legislatura Jimena Latorre (8)
Jimena Latorre en la comisión legislativa donde presentó el protocolo para actuar en periglaciares.
Santiago Tagua/ElEditor Mendoza
Cómo calcularán el volumen de hielo y agua
Para validar las hipótesis, el protocolo ordena el uso de herramientas tecnológicas avanzadas. Se requiere la realización de prospección geofísica mediante tomografía eléctrica y métodos sísmicos para "calcular volúmenes de hielo, y su equivalente volumen de agua". Incluso se contempla la excavación de calicatas de hasta 5,5 metros de profundidad con maquinaria pesada para verificar la presencia de hielo.
Uno de los puntos más sensibles es el análisis hidrológico. La guía obliga a realizar análisis isotópicos (de isótopos de oxígeno 18/16) en el agua de los arroyos y, si es posible, en muestras de hielo tomadas directamente de las geoformas. Esto busca establecer una "relación origen/correspondencia" para cuantificar cuánto contribuye el derretimiento del hielo del permafrost al caudal de los ríos de montaña, un dato crucial para evaluar el impacto hídrico de un eventual emprendimiento.
Una vez recopilados todos los datos, se instruye a las empresas a elaborar un mapa de distribución del permafrost y superponerlo con un mapa de geología superficial. El siguiente paso es estratégico: "se eliminan las áreas por debajo del umbral de permafrost" y "las áreas con afloramientos de roca de base donde la presencia de hielo es restringida".
El resultado de este filtrado es identificar las zonas con "permafrost probable" y "potencial valor hídrico". La guía sugiere que "es muy probable que el porcentaje de área a ser impactada sea muy reducido y el valor hídrico poco significativo". En otras palabras, el protocolo busca demostrar, mediante datos, que la superficie minable con alto valor hídrico a proteger es pequeña, allanando el camino para la intervención.
El fin último del protocolo es crear un marco de "certidumbre" que permita a los proyectos mineros operar en la frontera misma de los glaciares y el permafrost.
minería malargue
El Gobierno impulsa un nuevo proyecto minero en Malargüe.