Los trabajadores de la salud nucleados en AMPROS protestarán el martes que viene, cuando el senado trate la reforma del Estatuto del Empleado Público que impulsa Alfredo Cornejo y que ataca la estabilidad, la antigüedad y las indemnizaciones, entre otros puntos que son constitutivos del trabajo como agentes públicos. En la Cámara Alta, el oficialismo cuenta con 19 bancas, y la oposición puede juntar igual número en su conjunto si a las 17 bancas opositoras se suman los monobloques de Armando Magistretti (PD) y Duilio Pezzutti (Podemos Encuentro Peronista). Si alguno de ellos acompaña la iniciativa, el oficialismo no necesitaría recurrir al voto de desempate de la vicegobernadora Hebe Casado.
El martes 30 también está prevista una huelga con paro total de ATE, que además el lunes 29 de septiembre concretará asambleas y movilización en los lugares de trabajo. Este gremio también movilizará en la Legislatura.
En pie de guerra contra "la casta de Cornejo"
"Los legisladores oficialistas, de espaldas a la ciudadanía, intentarán transformar en ley la modificación del Estatuto del Empleado Público propuesta por el gobernador Alfredo Cornejo. La norma que buscan imponer no sólo es inconstitucional, sino que además atenta contra la estabilidad laboral y el ingreso por concursos", indicaron desde el gremio que conduce Claudia Iturbe.
“Buscamos impedir que la casta de Cornejo le robe a los trabajadores mendocinos y sus familias”. indicó Iturbe. La referente del gremio afirmó que la iniciativa del gobernador busca “una reforma laboral encubierta, regresiva e inconstitucional; jaquea la estabilidad laboral de más de 100.000 trabajadores estatales y vulnera pilares como la estabilidad, la antigüedad y el derecho a defensa, consolidando así un modelo de precarización estructural, que echa por tierra todos los derechos adquiridos”.
Gremios Estatuto Legislatura (22)
El gremio de los trabajadores de la salud cuestionó a los diputados que votaron por la reforma del Estatuto que impulsa Cornejo.
Santiago Tagua/ElEditor Mendoza
A continuación, los cinco puntos principales de la reforma que planteó Cornejo y ya tiene media sanción de Diputados:
1. Legalización de la precarización: nace el “interino sin derechos”
Uno de los puntos más controvertidos es la creación del “personal interino”, una figura que, según el artículo 4 bis del proyecto, “no goza de estabilidad propia”. Esto implica que podrá ser despedido sin causa, sin indemnización y sin derecho a reinstalación, incluso si el despido es declarado nulo.
El texto oficial lo define así:
“El personal interino no goza de estabilidad propia, por lo que podrá ser cesado sin necesidad de sumario previo ni derecho a indemnización ni a reinstalación.” “El personal interino no goza de estabilidad propia, por lo que podrá ser cesado sin necesidad de sumario previo ni derecho a indemnización ni a reinstalación.”
2. Antigüedad cero: borrado de trayectorias laborales
El artículo 9 del proyecto establece que los trabajadores que ingresen como interinos no tendrán reconocida ninguna antigüedad previa, incluso si llevan años prestando servicios en el Estado bajo figuras contractuales. En la práctica, un prestador de salud con diez años de trabajo pasaría a ser interino con antigüedad cero.
El texto lo explicita:
“El personal interino no tendrá derecho al cómputo de antigüedad previa a su designación como tal, cualquiera sea la modalidad de prestación anterior.” “El personal interino no tendrá derecho al cómputo de antigüedad previa a su designación como tal, cualquiera sea la modalidad de prestación anterior.”
Esta disposición desconoce la realidad laboral de miles de trabajadores y vulnera principios constitucionales, legales y humanos. El trabajo realizado no solo es ignorado, sino que se lo trata como inexistente, negando años de servicio y compromiso con el sistema público.
3. Castigo sin defensa: cesantías encubiertas y sanciones sin apelación
El artículo 53 impide impugnar sanciones de hasta 15 días, lo que habilita cesantías encubiertas. El propio Estatuto establece que más de quince días de suspensión en seis meses es causal de despido. Así, bastaría con que un superior jerárquico aplique dos sanciones de siete días —sin posibilidad de impugnación— para que el trabajador quede en situación de cesantía.
El proyecto lo establece con claridad:
“No serán recurribles las sanciones disciplinarias de suspensión de hasta quince (15) días, salvo que se alegue y acredite abuso de poder, discriminación o violación de derechos fundamentales.”
4. Fin de los salarios caídos e indemnización recortada
El artículo 50 introduce una limitación grave: aun cuando un despido sea declarado nulo por vía administrativa o judicial, el trabajador no tendrá derecho a percibir los salarios caídos durante el proceso. Esto implica que, incluso si se demuestra que el despido fue arbitrario, el Estado no deberá pagar los sueldos retenidos ilegítimamente.
“La declaración de nulidad del acto de cesantía no generará derecho a percibir los salarios caídos, salvo que se acredite que la cesantía fue consecuencia de persecución sindical o discriminación.”
Además, el artículo 5 modifica el régimen indemnizatorio previsto en el Estatuto. Actualmente, la indemnización por eliminación de dependencia se calcula como un mes de sueldo por cada año de servicio, con una escala que reconoce la antigüedad. El proyecto elimina esta escala y fija el cálculo en el 100% del último salario para todos los casos.
“La indemnización será equivalente al cien por ciento (100%) del último haber mensual percibido, cualquiera sea la antigüedad del agente.”
Esto representa una pérdida de hasta el 50% para quienes han dedicado décadas al servicio público.
5. Reforma transversal
El Estatuto funciona como norma supletoria en múltiples regímenes laborales, por lo que su modificación impacta transversalmente en todos los sectores. Docentes, celadores, personal de salud, judiciales, administrativos, policías, penitenciarios y contratados quedan expuestos a un nuevo marco de inestabilidad.