El Jury avaló la denuncia de la jefa de los defensores oficiales contra una letrada
- El Jury de Enjuiciamiento trata dos casos: por unanimidad aceptaron una denuncia de la Defensora General
- La defensora oficial deberá responder una denuncia en su contra
PorFernanda Verdeslago Wozniak
11 de diciembre de 2025 - 10:30
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Romina Crisafulli, defensora oficial del sur, enfrenta una dura acusación que podría terminar con su destitución del cargo.
La Defensora General, Cecilia Saint-André recibió una buena noticia luego de que los miembros del Jury de Enjuiciamiento aceptaran su denuncia contra la defensora oficial Romina Crisafulli que tiene un festival de inasistencias con certificados, según la acusación, de dudosa legalidad. El órgano judicial definió notificarle la denuncia y corren plazos para que responda, lo que ocurrirá en febrero.
Se hizo esperar la decisión. La magistrada había presentado, en setiembre, un escrito de 58 páginas en el que relata 136 inasistencias injustificadas, el hecho de no haber retornado a sus funciones pese a diagnósticos contrarios y las quejas de los defendidos de la Titular de la Primera Defensoría Oficinal Penal de Adultos del departamento de San Rafael.
cecilia saint-andre 2
Cecilia Saint André, Defensora General y denunciante de una de las defensoras oficiales que está bajo su órbita.
De acuerdo al escrito ingresado, Cecilia Saint-André acusa a Crisafulli por una serie de hechos que se ajustan al desorden de conducta y al mal desempeño de sus funciones, dos de los causales previstos en la ley del Jury de Enjuiciamiento sobre los motivos por los que puede ser acusado un magistrado.
Según trascendió, la decisión fue unánime para que la defensora responda por escrito sobre la acusación.
Largo historial de inasistencias
Los conflictos por las inasistencias tienen un capítulo importante en el 2024 por la "presentación desmedida de certificaciones médicas inválidas, emitidas por el médico Rodríguez Medina, Héctor Alberto, quien no se encontraba habilitado para emitir dichas certificaciones ejerciendo por tanto irregularmente la profesión médica".
A esto se agregó cambios de domicilio no informados, según la denuncia. "En este punto es importante destacar que la magistrada había solicitado el traslado escolar de su hijo a la Ciudad de Mendoza, meses antes, coincidiendo con las certificaciones médicas presentadas a inicios del año en curso, lo que haría presumir la premeditación en el cambio de su domicilio a la Ciudad de Mendoza, con su posterior intención de requerir al Consejo de la Magistratura el traslado pertinente, preparando de esta forma el cambio del centro de vida del menor", dice el escrito.
"Durante el tiempo que la magistrada cumplió funciones en forma virtual (aproximadamente 5 meses), se recepcionaron en la Delegación de San Rafael, como así también en la Defensoría General, múltiples denuncias de ciudadanos por ella asistidos, en relación a las actuaciones profesionales que la magistrada habría llevado a cabo, en claro perjuicio a los intereses de sus defendidos", se añade sobre su accionar.
Los motivos por los que piden el jury
En la denuncia, se enumeran distintos motivos por los que se pide sanciones de acuerdo a la normativa que prevé la destitución del magistrado enjuiciado si se considera que las pruebas demuestran la acusación.
"Esta situación, la cual se ha tornado prácticamente insostenible, es lo que motiva la presente denuncia: La magistrada continúa percibiendo su haber sin prestar servicios, registrando un total de inasistencias injustificadas de, como dijimos 136 días al 20 de agosto del presente año, representando un verdadero menoscabo patrimonial para el Estado provincial", dice el escrito.
romina crisafulli
Romina Crisafulli, defensora oficial de San Rafael deberá defenderse ante el Jury de Enjuiciamiento.
No reintegrarse al cumplimiento de su función, resistiendo al alta médica dispuesta por la Subsecretaría de Trabajo y Empleo desde el día 5 de diciembre del 2024, presentando al día 20 de agosto del 2025, 136 faltas injustificadas.
Presentación de múltiples certificados expedidos por el Dr. Rodríguez Medina con diagnóstico de "fibromialgia" cuya invalidez fue determinada por el Ministerio de Salud de la Provincia por encontrarse el profesional certificante inhabilitado para expedirlos.
Notificada la magistrada de la irregularidad en las certificaciones efectuadas por el Dr. Rodríguez Medina, en tres días acompaña un nuevo certificado médico con idéntico diagnóstico, pero expedido por otro profesional, no habiendo efectuado y presentado los estudios pertinentes para llegar al diagnóstico, "reproduciendo" el diagnóstico efectuado por el Dr. Rodríguez Medina quien se encontraba ejerciendo irregularmente su profesión.
Al ser notificada de la asignación de sus funciones remotas en su domicilio declarado (año 2024, indicación de la Junta Médica de OSEP), la magistrada había mudado su domicilio, sin dar aviso a la Oficina de Recursos Humanos y Defensoría General, infringiendo el Reglamento del Consejo de la Magistratura en lo que refiere a fijar domicilio en un radio cercano al lugar de prestación de funciones
En el período 2024 y 2025 al tiempo de encontrarse cumpliendo funciones, la magistrada incurrió en mal desempeño por dejar de asistir a audiencias penales prefijadas, con el consiguiente fracaso de las mismas en al menos diez casos enumerados.
Su conducta además, fue objeto de reclamos por parte de asistidos y de personal de la Delegación de San Rafael, como así también recibió quejas y denuncias por parte de Jueces, personal de Unidades Fiscales y personal del Servicio Penitenciario, en años anteriores.
La ampliación de la denuncia
Días después de la presentación de la denuncia ante el Jury de Enjuiciamiento, la defensora oficial presentó un nuevo certificado médico emitido por Rodríguez Medina. El 8 de setiembre, llegó por correo electrónico el pedido por 30 días para continuar de licencia por enfermedad de acuerdo al diagnóstico de "Fibromialgia + Conmorbilidades (TD Mayor Monopolar, Colon irritable, Patm, cefalea tensional)".
En la ampliación de la denuncia, se recuerda la recomendación que hizo el Ministerio de Salud a la Junta Médica de OSEP, el 4 de abril de este año, de "no recepcionar los certificados médicos emitidos por el Dr. Rodríguez Medina" sugiriendo "rechazar los partes médicos emitidos por el profesional. Justifica dicho criterio el ejercicio irregular de la profesión, según ley 9542 art. 1, ley 2636 art. 22,33 y 35, y decretos reglamentarios 2806/00 y Decreto 377/06 en su artículo 26".
Además, se le consultó el 2 de mayo al Presidente del Consejo Deontológico y la respuesta fue que el Dr. Rodríguez Medina no posee "formación ni habilitación en ninguna de las especialidades madre exigidas para acceder a la subespecialidad 'medicina del dolo r', no está en condiciones formativas de diagnosticar ni certificar tratamientos vinculados con la patología fibromialgia".
"Los certificados emitidos por el Dr. Héctor A. Rodríguez Medina con diagnóstico de fibromialgia carecen de validez legal y administrativa, dado que el mencionado profesional no se encuentra habilitado en ninguna de las especialidades madre requeridas para acceder a la subespecialidad 'medicina del dolor', conforme lo dispone el Decreto N.º 377/06 y el procedimiento de acreditación regulado por el Decreto N.º 384/2020. Tampoco tiene las especialidades médicas de Clínica Médica, Neurología o Reumatología", agregó el titular del Consejo Deontológico.